Requisitos generales
Podrán participar los candidatos que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes cumplan alguno de los requisitos siguientes:
- Ser funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria.
- Ser funcionario de carrera o en prácticas del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
- Ser funcionario de carrera o en prácticas del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
- Ser funcionario de carrera o en prácticas del Cuerpo de Maestros.
- Ser integrante de las listas vigentes de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, de la Comunidad de Madrid, de las correspondientes especialidades de los cuerpos de Maestros, de Profesores Técnicos de Formación Profesional o de Profesores de Enseñanza Secundaria.
- Ser profesor de religión, en las etapas de Educación Infantil, Primaria o Secundaria, de centros docentes públicos o acreditar un compromiso de propuesta para la docencia, por la autoridad religiosa correspondiente, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales. Dado que el desempeño de las labores propias de los puestos para los que el candidato se habilita implica contacto habitual con menores, éste deberá acreditar no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
Este requisito deberá mantenerse durante la prestación de los servicios quedando obligado el docente a comunicar aquellas sentencias firmes en las que fuera condenado por los delitos a los que hace referencia el citado artículo.
Los docentes cuya nacionalidad sea distinta de la española deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, la certificación negativa de condenas penales expedida por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales. Si el certificado no se encontrara redactado en lengua castellana, deberá acompañarse de su traducción oficial o jurada (realizada por traductor jurado o validada por el consulado u oficina diplomática correspondiente).
Además, los candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos específicos que correspondan.
Requisitos específicos por estar en posesión de titulaciones o certificados emitidos por determinadas instituciones
Estar en posesión de alguno de los títulos o certificados de conocimientos de idiomas que acrediten un nivel de conocimiento de la lengua extranjera correspondiente, equivalente al C1 o C2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER), que se recogen en el Anexo VI de esta convocatoria, siempre que hayan sido obtenidos con una antigüedad inferior a cinco años en la fecha de presentación de la solicitud.
A través de la presentación de las certificaciones que se incluyen en el Anexo VI, se exigirá un nivel de competencia comunicativa C1 en cada una de las cuatro destrezas (comprensión y expresión oral y escrita). En el caso de certificados de nivel C1 de Escuelas Oficiales de Idiomas, se exigirá un nivel de competencia comunicativa C1 en cada una de las cuatro destrezas (comprensión de lectura, comprensión auditiva, expresión escrita y expresión oral) o en cada una de las cinco destrezas (comprensión de lectura, comprensión auditiva, expresión escrita, expresión oral y mediación) descritas por el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER).
En el caso de que no exista coincidencia con la denominación de los títulos reflejada en el Anexo VI, la validez de los títulos aportados a efectos de la obtención de la habilitación lingüística quedará supeditada a la emisión de un informe favorable de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza.
En el caso de candidatos cuya lengua materna sea una de las incluidas en la presente convocatoria, no se tendrá en cuenta la antigüedad del título presentado.
Requisitos específicos mediante la superación de pruebas de conocimientos
Haber alcanzado un nivel de competencia comunicativa B2 o superior del MCER, en la lengua extranjera correspondiente, mediante la presentación de alguno de los certificados o títulos que se recogen en el Anexo I de esta convocatoria.
A través de la presentación de las titulaciones y certificaciones que se incluyen en el Anexo I, se exigirá un nivel de competencia comunicativa B2 en cada una de las cuatro destrezas (comprensión de lectura, comprensión auditiva, expresión escrita y expresión oral) descritas por el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER).
Los candidatos con nacionalidad de un país cuya lengua oficial se corresponda con una de las lenguas incluidas en la presente convocatoria, estarán exentos de la presentación de la documentación indicada en el párrafo anterior.