Según el procedimiento utilizado para la obtención de la habilitación:
- Mediante la acreditación de estar en posesión de titulaciones o certificados.
Al término de la vigencia de la presente convocatoria, mediante Resolución conjunta de las Direcciones Generales convocantes, se publicará el listado de los habilitados por este procedimiento.
- Mediante la superación de pruebas de conocimientos.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y la Dirección General de Recursos Humanos dictarán resolución conjunta ordenando la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos, especificando las causas de exclusión. Asimismo, en dichas listas provisionales se hará indicación de aquellos participantes que se encuentren exentos de la realización de la primera fase de la prueba. Los interesados disponen de un plazo de diez días hábiles para poder subsanar sus solicitudes, a partir del día siguiente al de la publicación.
Examinados los escritos presentados, se dictará resolución conjunta, aprobando las listas definitivas de admitidos y excluidos, especificando las causas de exclusión.
El procedimiento para la obtención de la habilitación lingüística por superación de pruebas de conocimientos se desarrollará en dos fases:
Primera fase. Consistirá en una prueba que mida el grado de competencia comunicativa en la lengua extranjera alcanzado por el candidato.
Segunda fase. Ejercicio en el que se valorará el grado de competencia comunicativa adquirido en la destreza expresión oral.
La fecha de inicio de celebración de las pruebas, los centros en los que se celebrarán las mismas, la citación de los aspirantes y cuantas otras cuestiones se estimen oportunas a este respecto serán publicadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid en la misma resolución por la que se publica el nombramiento de los tribunales.
Finalizado el desarrollo de las pruebas, los tribunales expondrán en el tablón de anuncios de las sedes la lista provisional de los candidatos que hayan superado el procedimiento, ordenada por orden alfabético.
Contra esta lista provisional los interesados podrán presentar alegaciones, en la misma sede del tribunal, en el plazo de dos días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su exposición. Las alegaciones deberán ir dirigidas al presidente del tribunal.
Examinadas las alegaciones, los tribunales elevarán a la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, a la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, y/o a la Dirección General de Recursos Humanos, la lista definitiva de los candidatos que hayan superado el procedimiento, ordenada por orden alfabético.
La lista definitiva de los candidatos que hayan superado el procedimiento será aprobada mediante resolución conjunta de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y la Dirección General de Recursos Humanos.