Última actualización: 27/02/2025

Descripción

  • Referencia
    L249
  • Descripción

    Las empresas contratistas deben solicitar la habilitación del libro de subcontratación de una obra de construcción a la autoridad laboral antes de subcontratar parte de la obra.

    Puedes solicitar la habilitación de un nuevo libro de subcontratación para la misma obra si:

    • Se agotan las hojas del libro.
    • Se pierde o deteriora el libro.
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Personas destinatarias

  1. Empresas contratistas que subcontratan a otra empresa o a una persona trabajadora autónoma para realizar una parte de la obra de construcción contratada.
  2. Empresas promotoras que contratan directamente a personas trabajadoras autónomas para realizar la obra de construcción o trabajos específicos de la obra.

Requisitos

  1. Ejecutar la obra de construcción en el territorio de la Comunidad de Madrid.
  2. Haber comunicado previamente la apertura o reanudación de la actividad en centros de trabajo ubicados en obras de construcción.
  3. Las personas trabajadoras autónomas con personal a cargo y las empresas contratadas o subcontratadas deben estar inscritas en el Registro de Empresas Acreditadas (REA) de la autoridad laboral correspondiente a la ubicación de su domicilio social.
  4. Están excluidas de estar inscritas en el REA:
    1. Las empresas que solo actúan como promotoras.
    2. Las personas trabajadoras autónomas que no tienen personal a su cargo.
  5. Indicar en la solicitud:
    1. Datos de la persona contratista.
    2. Datos identificativos de la obra:
      1. Promotor.
      2. Dirección facultativa.
      3. Coordinación de seguridad y salud en fase de ejecución.
      4. Domicilio de la obra.
      5. Referencia del aviso previo de la obra (comunicación de apertura de la actividad de centros de trabajo en obras de construcción).
      6. Número de inscripción del contratista en el REA.
      7. Número de orden de la última anotación efectuada en el libro de subcontratación anterior del mismo contratista en esta obra, si se solicita un segundo libro.
      8. Causa de la no disposición del libro anterior, en caso de existir: pérdida o destrucción.

Documentación a presentar

Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Copia de la última hoja del libro de subcontratación anterior completada totalmente, si se solicita la habilitación de un segundo libro.
  2. Declaración de pérdida o deterioro del libro de subcontratación firmado y sellado por el contratista, si se solicita la habilitación de un segundo libro por uno de esos motivos.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Una vez habilitado el libro de contratación, la empresa contratista tiene las siguientes obligaciones:

  1. Registrar todas las subcontrataciones realizadas con empresas subcontratistas o personas trabajadoras autónomas en el libro de subcontratación, por orden cronológico y desde el inicio de la obra.
  2. Firmar y sellar todas las hojas cumplimentadas del libro.
  3. Mantener el libro actualizado.
  4. Tener el libro físicamente en la obra.
  5. Permitir el acceso al libro a:
    1. Empresa promotora, dirección facultativa y persona coordinadora en seguridad y salud.
    2. Empresas y personas trabajadoras autónomas de la obra.
    3. Personas delegadas de prevención y representantes de quienes trabajan en las empresas que intervienen en la obra.
    4. Autoridad laboral.
  6. Conservar el libro durante los 5 años posteriores a la finalización de su participación en la obra.

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

  • Área de Inscripciones y Autorizaciones
  • Calle Princesa, 5. 28008 Madrid
  • Correo electrónico: reamadrid@madrid.org
  • Teléfono: 915809591

Tramitación

Una vez enviada la solicitud, si cumple todos los requisitos, enviaremos la primera página del libro de subcontratación diligenciada a la persona solicitante en el plazo aproximado de 15 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) desde su recepción. 

Sin embargo, si la solicitud no reúne los requisitos, mandaremos un escrito a la persona indicada en la solicitud para subsanar (corregir) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles. Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.

De todas formas, puede volver a presentar una nueva solicitud con la información completa.

Plazo de respuesta

El plazo aproximado de respuesta es de 15 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos).

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General de Trabajo

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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