Última actualización: 07/10/2024

Descripción

  • Referencia
    82517
  • Descripción

    Trámite para gestión de poblaciones de flora y fauna en el medio natural de la Comunidad de Madrid.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Requisitos

Todas las personas, físicas o jurídicas en el territorio de la Comunidad de Madrid.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Memoria descriptiva: Especies objetivo, técnicas y definición ámbito territorial.
  2. Resultados, en su caso, de autorizaciones para el mismo fin concedidas con anterioridad.
  3. Memoria descriptiva: Especies objetivo, justificación, técnicas y definición ámbito territorial.
  4. Resultados, en su caso, de autorizaciones para el mismo fin concedidas con anterioridad.
  5. Identificación ejemplar/es. Autorización de recepción de centro de destino.
  6. Memoria descriptiva: especies, lugar, fechas, características y fines del evento.
  7. Memoria descriptiva: relación de especies para las que se solicita la cría.
  8. Copia del registro de núcleo zoológico.
  9. Memoria descriptiva: Especies objetivo, justificación, técnicas y definición ámbito territorial.
  10. Resultados, en su caso, de autorizaciones para el mismo fin concedidas con anterioridad.
  11. Memoria descriptiva: Especies objetivo , métodos y fechas y definición ámbito territorial.
  12. Memoria descriptiva: Nombre y nº del catálogo, justificación y técnicas.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

Presentación digital

Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa Cumplimentar y accede a tu Cuenta Digital.
  3. Rellena el formulario. Si no finalizas su cumplimentación, queda guardado como borrador en Mis Gestiones.
  4. Adjunta los documentos y, para finalizar, pulsa Firmar y enviar solicitud.

Una vez enviada la solicitud, puedes consultar su estado en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.

Presentación presencial

Puedes realizar este trámite de forma presencial, salvo que seas una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.

Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.

  2. Pulsa Presentar presencialmente en oficina. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Una vez relleno, pulsa Descargar formulario para descargarlo en formato PDF e imprimirlo.
  4. Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados para ello.

Recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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