Descripción
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Referencia2479
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Descripción
Autorizar a Entidades para el desarrollo de cursos de evaluación continua y para la realización de exámenes de instaladores y/o mantenedores así como llevar un registro de estas entidades.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
- Disponer, para los tipos de carné en los que sea necesario, de la autorización del Ministerio de Industria y Energía.
- Acreditar la existencia de al menos dos años impartiendo el curso de que se trate, con un mínimo de dos cursos en los dos últimos años.
- Disponer de titulados técnicos superiores y/o medios, necesarios para la impartición de la formación.
- Disponer de aulas, talleres de prácticas y equipos suficientes para la impartición del curso, en los términos establecidos.
- Asumir formalmente la responsabilidad de impartir una formación conveniente para el desarrollo eficaz de las actividades profesionales correspondientes.
- Suministrar con periodicidad anual al menos los siguientes datos: Calendario de cursos y convocatorias, tipo y contenido del curso, medios técnicos y humanos, relación alumno / profesor, posibilidad de empleo, en su caso, para los alumnos que superen el curso.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
- Acreditar a las Entidades de formación para realizar cursos de evaluación continua y exámenes.
- El período de vigencia de la acreditación será de un año, que se considera prorrogado por períodos sucesivos anuales si al menos se mantienen los medios materiales, técnicos, y humanos que justificaron dicha acreditación.
- La acreditación para la impartición de cursos de evaluación continua y realización del examen pertinente se entenderá referida únicamente a sus propios alumnos.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Tres meses
Normativa
- Resolución de 16 de abril de 2020, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se acuerda la reanudación de determinados procedimientos administrativos de su competencia, conforme a lo establecido en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOCM nº 95, de 21 de abril).
- Orden 203/1993, de 9 de febrero, de la Consejería de Economía, por la que se establecen los requisitos de acreditación de Entidades que imparten cursos de evaluación continua para la obtención del carné de instalador autorizado en las distintas ramas de antigüedad (texto consolidado).
- Resolución de 3 de agosto de 1999, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se establecen los requisitos de acreditación de las entidades de evolución continua (BOCM nº 195, de 18 de agosto).
- Resolución de 14 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación del expediente de diversos procedimientos. (BOCM nº 18, de 22 de enero de 2010).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).