Descripción

  • Referencia
    81329
  • Descripción

    Seleccionar institutos públicos de Educación Secundaria (IES) que implantarán enseñanzas bilingües español-inglés a partir del curso 2018-2019.

Calendario de actuaciones

Requisitos

1. Institutos públicos de Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid

Requisitos de formación del profesorado.

1. Los profesores de la especialidad de Lengua extranjera: inglés que impartan docencia en la vía Sección Bilingüe deberán contar con la correspondiente acreditación para impartir el Currículo de Inglés Avanzado de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.2 de la Orden 972/2017, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los institutos bilingües españolinglés de la Comunidad de Madrid.
2. Los profesores de otras materias deberán contar con la correspondiente habilitación lingüística para el desempeño de puestos bilingües, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1 de la Orden 972/2017, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los institutos bilingües español- inglés de la Comunidad de Madrid.
3. Los profesores a los que hacen referencia los apartados anteriores adquieren el compromiso de participar en las enseñanzas bilingües, así como en las actividades de formación necesarias para garantizar la calidad de dichas enseñanzas.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.

Presentación de solicitudes

La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet. (ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

   

Información Complementaria

1. Criterios de selección: La valoración de las solicitudes presentadas se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios:
a) Proximidad a un colegio público bilingüe con alumnos escolarizados en el programa bilingüe en sexto curso de educación primaria durante el curso escolar 2017-2018: Hasta 15 puntos.
b) Profesorado: Hasta 25 puntos.
— Número de profesores con destino definitivo en el centro con la especialidad Lengua extranjera: inglés, con o sin acreditación para impartir el Currículo de “Inglés Avanzado”, así como de profesores que cuenten con la correspondiente habilitación lingüística para desempeñar puestos bilingües y que hayan adquirido el compromiso de participar en el programa.
— Propuesta de un candidato para su nombramiento como Profesor Coordinador o Coordinador Jefe del Programa Bilingüe, según proceda, de acuerdo con lo establecido en la Orden 972/2017, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los institutos bilingües español-inglés de la Comunidad de Madrid.
c) Nivel de inglés de los miembros del Equipo Directivo: Hasta 10 puntos.
d) Grado de apoyo del Claustro y del Consejo Escolar: Hasta 25 puntos.
e) Valoración del proyecto bilingüe. Se tendrá en cuenta la viabilidad del proyecto y la organización de las enseñanzas bilingües en el centro de acuerdo con la Orden 972/2017, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los institutos bilingües español-inglés de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, se valorará la experiencia educativa del centro, las características lingüísticas de la plantilla del profesorado (ser especialista de Lengua extranjera: inglés, estar acreditado para impartir el currículo de inglés avanzado, o estar en posesión de la habilitación lingüística para el desempeño de puestos bilingües), el compromiso individual del equipo directivo, los recursos disponibles, y el uso que establezca el equipo directivo del criterio complementario para la admisión de alumnos, con el fin de garantizar la viabilidad y el éxito del proyecto: Hasta 25 puntos.
2. Necesidades de la Administración Educativa: cuando para dar continuidad a las enseñanzas bilingües de los alumnos que promocionan de Educación Primaria, se considere necesaria la incorporación al sistema bilingüe de un determinado Instituto de Educación Secundaria que haya participado en la convocatoria, la Comisión de Selección podrá proponer la implantación del bilingüismo en dicho centro con carácter preferente, previo informe favorable de la Inspección Educativa.

Tramitación

Calendario de actuaciones

20/02/2018

Resolución de la convocatoria
Orden 392/2018 (BOCM nº 43, de 20 de febrero)
Ver listados en el calendario.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política Educativa
Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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