Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
Destinado a los sujetos pasivos o responsables y a los demás obligados tributarios que hayan realizado ingresos indebidos en el Tesoro, en particular, en los siguientes supuestos:
- Cuando se haya producido una duplicidad en el pago.
- Cuando la cantidad pagada haya sido superior al importe de la deuda.
- Cuando se haya ingresado la deuda después de prescribir la acción para exigir su pago.
- Cuando la Administración rectifique de oficio o a instancia de interesado cualquier error material, de hecho o aritmético, en la liquidación y esa rectificación origine un ingreso indebido.
- Cuando así lo establezca la normativa.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Poder de representación, en caso de que actué a través de representante
- Justificante de ingreso
- Certificado de titularidad de cuenta bancaria elegida para realizar la transferencia, en caso de devolución
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Si desea ampliar esta información puede hacerlo:
- Dirigiéndose a la División Económico-Administrativa de la Dirección General de Salud Pública, C/ O’Donnell, 55, 4ª Planta - Madrid.
- O a través del correo eléctrico ingresos.dgsp@salud.madrid.org
Normativa
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE nº 302 de 18 de diciembre)
- Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid (BOCM. de 21 de noviembre de 1990)
- Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
- Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General tributaria, en materia de revisión en vía administrativa (BOE. nº 126, de 27 de mayo)
- Orden 3097/1996, de 9 de diciembre, de la Consejería de Hacienda, sobre recaudación de Ingresos (BOCM. de 8 de enero de 1997)
- Resolución 1280/2018, de 20 de noviembre, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se ordena la publicación del modelo de impreso correspondiente al procedimiento de “Solicitud de devolución de ingresos de la Dirección General de Salud Pública" (BOCM. nº 2, de 3 de enero de 2019).
Órgano responsable
- Consejería de Sanidad
- Viceconsejería de Sanidad
- Dirección General de Salud Pública
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
- Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Presentación presencial
Puedes realizar este trámite de forma presencial si no eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder al formulario" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Si eliges el correo certificado como medio de notificación al rellenar la solicitud, te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud