Descripción
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Referencia86440
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Descripción
Procedimiento para la continuidad a partir del curso 2019-2020 de la enseñanza bilingüe en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en aquellos centros privados concertados que hayan finalizado la implantación de esta enseñanza en la etapa de Educación Primaria.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 25/04/2019 Fecha de fin: 10/05/2019
Destinatarios y/o requisitos
Centros privados concertados autorizados que han finalizado la implantación de enseñanza bilingüe en la etapa de Educación Primaria y solicitan autorización para continuar esta enseñanza en Educación Secundaria Obligatoria.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”
Presentación de solicitudes
Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Normativa
* Resolución de 1 de abril de 2019, de la Dirección General de Becas y Ayudas al Estudio, por la que se dictan instrucciones para la tramitación de las solicitudes de autorización para la continuidad de la enseñanza bilingüe en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en los centros concertados bilingües del ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid en el curso 2019-2020 (BOCM nº 96, de 24 de abril).
* Orden 399/2017, de 14 de febrero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifica la Orden 763/2015, de 24 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los centros privados concertados bilingües del ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 55, de 6 de marzo).
* Orden 763/2015, de 24 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los centros privados concertados bilingües del ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 83, de 9 de abril).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).