Información y documentación
Información
-
TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Entidades Locales de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Que las funciones del puesto no se puedan desempeñarse por su titular en las situaciones de:
- Ausencia.
- Enfermedad.
- Abstención legal o reglamentaria.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Informe favorable de la entidad local en la que se halle destinado el funcionario.
- Conformidad del funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional cuando la solicitud se presente por la entidad local.
- Publicación en el B.O.C.M de la competencia delegada en el Concejal representante.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Para consultas o dudas sobre este trámite dispones del correo electrónico: sgasistenciamunicipios@madrid.org
Normativa
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre).
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (BOE nº 80, de 3 de abril).
- RD 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones Legales vigentes en materia de régimen local (BOE nº 96, de 22 de abril).
- Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad local (BOE nº 312, de 30 de diciembre).
- Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función Pública (BOE nº 185, de 3 de agosto).
- Ley 2/2003, de 11 de marzo de administración Local de la Comunidad de Madrid (BOE nº 128, de 29 de mayo).
- RD 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOE nº 67, de 17 de marzo).
Órgano responsable
- Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
- Viceconsejería de Presidencia y Administración Local
- Dirección General de Reequilibrio Territorial
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Recepción de la solicitud en el centro directivo competente.
El centro directivo competente podrá requerir la información o documentación complementaria que se considere necesaria para la comprensión o evaluación de la solicitud.
Los nombramientos en comisión circunstancial efectuados mediante resolución del centro directivo competente en materia de Administración Local se notificarán a la persona interesada y a las Entidades Locales afectadas.
Plazos y efectos del silencio administrativo
3 meses
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud