Descripción
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ReferenciaL186
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Descripción
La Comunidad de Madrid puede conceder comisiones de servicios circunstanciales, en caso de ausencia, enfermedad o abstención legal o reglamentaria de un funcionario de administración local con habilitación nacional, en municipios menores de 1000 habitantes, durante el plazo máximo de un año, prorrogable por otro igual, cuando no se pudiera hacer un nombramiento provisional, imposibilidad que se acredite lo suficientemente en el expediente.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Destinatarios
Entidades Locales de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Que las funciones del puesto no se puedan desempeñarse por su titular en las situaciones de:
- Ausencia.
- Enfermedad.
- Abstención legal o reglamentaria.
Documentación a presentar
Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Informe favorable de la entidad local en la que se halle destinado el funcionario.
- Conformidad del funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional cuando la solicitud se presente por la entidad local.
- Publicación en el B.O.C.M de la competencia delegada en el Concejal representante.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas o dudas sobre este trámite dispones del correo electrónico: sgasistenciamunicipios@madrid.org
Documentación de interés
Tramitación
Recepción de la solicitud en el centro directivo competente.
El centro directivo competente podrá requerir la información o documentación complementaria que se considere necesaria para la comprensión o evaluación de la solicitud.
Los nombramientos en comisión circunstancial efectuados mediante resolución del centro directivo competente en materia de Administración Local se notificarán a la persona interesada y a las Entidades Locales afectadas.
Plazos y efectos del silencio administrativo
3 meses
Normativa
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre).
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (BOE nº 80, de 3 de abril).
- RD 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones Legales vigentes en materia de régimen local (BOE nº 96, de 22 de abril).
- Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad local (BOE nº 312, de 30 de diciembre).
- Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función Pública (BOE nº 185, de 3 de agosto).
- Ley 2/2003, de 11 de marzo de administración Local de la Comunidad de Madrid (BOE nº 128, de 29 de mayo).
- RD 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOE nº 67, de 17 de marzo).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).