Descripción
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Referencia38009
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Descripción
Dentro del marco de la política de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad de Madrid se ha articulado un procedimiento de recuperación y reutilización de los bienes muebles, a través de entidades sin ánimo de lucro, para su destino a países en vías de desarrollo o para proyectos de acción social en la Comunidad de Madrid.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
- Estar legalmente constituidas e inscritas en los correspondientes Registros.
- Contar con una estructura organizativa y técnica adecuada que garantice el cumplimiento de los objetivos que se pretenden desarrollar.
- Tener su sede, o contar con delegación u oficina en la Comunidad de Madrid.
- Tener entre sus fines la cooperación internacional al desarrollo o la realización de proyectos de acción social en la Comunidad de Madrid.
Todas aquellas entidades que acrediten los anteriores requisitos entrarán a formar parte de la Base de Datos de Entidades Cesionarias.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
Solicitud de inscripción en Base de Datos
- Poder de representación del representante
- Estatutos de la Entidad
- Inscripción de la Entidad en el correspondiente Registro
- Declaración del responsable de la Entidad de contar con los medios técnicos y la estructura organizativa adecuada
- Memoria de actividades
Solicitud de cesión gratuita de bienes
- Relación del material solicitado (Anexo I de la oferta vigente)
- Proyecto de Cooperación para la cesión de bienes
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- NIF de la entidad solicitante
- DNI/NIF del solicitante-representante legal de la Entidad
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Tramitación
Para poder optar a la adjudicación de bienes, la entidades que reúnan los requisitos establecidos deberán solicitar su inscripción en la Base de Datos de Entidades Cesionarias regulada en el artículo 5 de la Orden14/2007, de 10 de enero, por la que se establece el procedimiento para la cesión gratuita de bienes con destino a países en vías de desarrollo o para proyectos de acción social en la Comunidad de Madrid.
Será a estas entidades a las que se les oferten periódicamente los bienes muebles susceptibles de ser cedidos por los centros, entidades y organismos adscritos a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.
Normativa
- Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid (BOCM de 3 julio de 2001).
- Ley 13/1999, de 29 de abril, de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid (BOCM de 13 de mayo de 2009).
- Orden 14/2007, de 10 de enero, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se establece el procedimiento para la cesión gratuita de bienes con destino a países en vías de desarrollo o para la realización de proyectos de acción social en la Comunidad de Madrid. (BOCM nº 25, de 30 de enero).
- Resolución 9/2010, de 12 de enero, de la Viceconsejería de Ordenación Sanitaria e Infraestructuras, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Sanidad para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación del expediente del procedimiento de cesión gratuita de bienes con destino a países en vías de desarrollo o para la realización de proyectos de acción social de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 24, de 29 de enero).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).