Aviso

A partir del 23 de diciembre de 2022, NO se abona tasa en solicitudes presentadas a partir de esa fecha.

Descripción

  • Referencia
    60114
  • Descripción

    Solicitud de expedición del Certificado de Profesionalidad y de inscripción en el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables.

Destinatarios y/o requisitos

Se puede solicitar un certificado de profesionalidad si se encuentra en uno de estos supuestos enunciados a continuación:

  1. Haber superado con evaluación positiva todos los módulos que componen un certificado de profesionalidad (formativos y de formación práctica), tras haber realizado uno o varios cursos de formación profesional para el empleo.
    (Si no se han completado todos los módulos que componen el certificado de profesionalidad, se podrá solicitar la acreditación parcial acumulable de aquellas unidades de competencia asociadas a los módulos formativos que se hayan superado).
  2. Haber completado con evaluación positiva la formación asociada a un certificado de profesionalidad que haya sido derogado en el plazo de cinco años a contar desde la entrada en vigor del Real Decreto que los deroga, siempre que dicha formación se haya realizado durante la vigencia del real decreto que regule el mismo.
  3. Haber superado un Procedimiento de evaluación y reconocimiento de las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación-PEAC- donde haya demostrado poseer todas las unidades de competencias comprendidas en el certificado de profesionalidad.
  4. A través de las enseñanzas profesionales cursadas en el sistema educativo se ha obtenido la certificación académica que acredite las unidades de competencia que conforman dicho certificado de profesionalidad, por la superación de los módulos profesionales asociados a ellas.

 

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Documento acreditativo de la Comunidad de Madrid en el que se refleja la evaluación positiva (del ámbito laboral o educativo LOE-LOMCE) en los módulos formativos correspondientes.
  2. En su caso, documento acreditativo de la Comunidad de Madrid de haber realizado el módulo de formación práctica en centros de trabajo o de haber sido declarado exento de su realización.
  3. Documento acreditativo de haber demostrado poseer las Unidades de competencia solicitadas en procedimientos de reconocimiento de la experiencia laboral convocados por la Comunidad de Madrid (RD 1224/2009, de 17 de julio).
  4. Documento acreditativo de tener unidades de competencia inscritas en el Registro Nacional de Certificados de Profesionalidad por otras administraciones laborales (estatal o autonómicas).
  5. Documento acreditativo de la Comunidad de Madrid en el que se refleja la evaluación positiva en los módulos formativos correspondientes.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Documento Nacional de Identidad

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Documentación de interés

Hoja informativa certificados de profesionalidad
Descargar
425.35 KB

Plazos y efectos del silencio administrativo

Efecto silencio
Desestimatorio
Normativa efecto silencio
Orden 3681/2008, de 22 de diciembre , por la que se crea el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables, y se establece el procedimiento para su acreditación, registro y expedición.
Plazo resolución
Seis meses

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Empleo
D. G. de Formación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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