Descripción
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Referencia53728
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Descripción
Documento que acredita la inscripción en el Servicio de Familias Numerosas:
- Ser miembro de Familia Numerosa en la Comunidad de Madrid (Certificado individual).
- Relación de personas que forman parte de la unidad familiar como familia numerosa (Certificado colectivo).
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TasaNo requiere el pago de tasas
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Más información
Destinatarios
Personas que tienen el Título de Familia Numerosa.
Requisitos
- Tener el Título de Familia Numerosa.
- Ser uno de los miembros de la Familia Numerosa.
Documentación a presentar
No se necesita presentar documentación para obtener este certificado.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Pulsa CUMPLIMENTAR, según el certificado que desees.
- Se genera de forma inmediata el certificado de Familia Numerosa: individual o colectivo.
- Guarda el archivo en tu ordenador.
Información Complementaria
Puedes comprobar la validez del certificado, introduciendo el código del documento en la Consulta Código Seguro de Verificación.
Normativa
- Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia (BOE nº 180 de 29 de julio).
- Decreto 141/2014, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el procedimiento administrativo para el reconocimiento de la condición de familia numerosa, la expedición y renovación del título y la tarjeta individual de familia numerosa de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 310, de 30 de diciembre).
- Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas (BOCM nº 309, de 19 de diciembre)
- Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social (BOE nº 291, de 5 de diciembre).
- Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas (BOE nº 277, de 19 de noviembre).
Órgano responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).