Descripción

  • Referencia
    76386
  • Descripción

    Las entidades, personas jurídicas o físicas que ejerzan la actividad de transporte de animales vivos, así como los vehículos, remolques y contenedores utilizados para dicha actividad requieren de autorización para darse de alta y su posterior inscripción en el Registro Nacional de Transportistas y Vehículos para el Transporte de Animales Vivos.

    También debe solicitarse en caso de:

    1. Baja autorización de transportista.
    2. Baja autorización de vehículos y contenedores.
    3. Renovación autorización de transportista.
    4. Renovación autorización de vehículos y contenedores.
    5. Cambio de domicilio social.
    6. Otro tipo de modificación.
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Destinatarios

Entidades, personas jurídicas o físicas titulares de los medios de transporte de animales vivos, cuyo domicilio social esté en la Comunidad de Madrid.

Requisitos

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid, en función del tipo de solicitud:

    Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

    Documentos a aportar junto a la solicitud:

    1. Acreditación de la representación, en su caso 
    2. Plan de Contingencia para casos de emergencia (en caso de solicitud de alta para transporte por la Unión Europea - Reglamento 1/2005) - SOLO TIPOS 1 y 2
    3. Acreditación de Formación en Bienestar Animal (en caso de solicitud de alta para transporte por la Unión Europea - Reglamento 1/2005) – SOLO TIPOS 1 y 2

    La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

    1. NIF/NIE del interesado.
    2. NIF/NIE del representante.

    Documentos a aportar junto a la solicitud:

    1. Acreditación de la representación, en su caso.
    2. Anexo I (uno por vehículo o contenedor).
    3. Ficha técnica del vehículo.
    4. Permiso de circulación.
    5. Remolques de más de 750 kg factura o documento acreditativo de la titularidad del remolque.
    6. Curso de formación en bienestar animal, aptitud para el transporte, carga, descarga y manipulación (solo para viajes de hasta 8 horas, más de 8 horas y hasta 12 horas de duración y NO aplica a otros tipos de transporte).
    7. Certificado de competencia expedido por la autoridad competente para conductores o cuidadores en un vehículo de carretera destinado a transporte de équidos, bovino, ovino, caprino y aves de corral (solo para viajes de hasta 8 horas, más de 8 horas y hasta 12 horas de duración y NO aplica a otros tipos de transporte).
    8. Plan de contingencia, (solo para viajes de hasta 8 horas, más de 8 horas y hasta 12 horas de duración y NO aplica a otros tipos de transporte).

    La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

    1. NIF/NIE del interesado.
    2. NIF/NIE del representante.

    Documentos a aportar junto a la solicitud:

    1. Acreditación de la representación, en su caso.

    La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

    1. NIF/NIE del interesado.
    2. NIF/NIE del representante.

    Documentos a aportar junto a la solicitud:

    1. Acreditación de la representación, en su caso.
    2. Anexo I (uno por cada vehículo o contenedor a dar de baja).

    La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

    1. NIF/NIE del interesado.
    2. NIF/NIE del representante.

    Documentos a aportar junto a la solicitud:

    1. Acreditación de la representación, en su caso 
    2. Plan de Contingencia para casos de emergencia (en caso de solicitud de alta para transporte por la Unión Europea - Reglamento 1/2005) - SOLO TIPOS 1 y 2
    3. Acreditación de Formación en Bienestar Animal (en caso de solicitud de alta para transporte por la Unión Europea - Reglamento 1/2005) – SOLO TIPOS 1 y 2

    La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

    1. NIF/NIE del interesado.
    2. NIF/NIE del representante.

    Documentos a aportar junto a la solicitud:

    1. Acreditación de la representación, en su caso.
    2. Anexo I (uno por vehículo o contenedor).
    3. Ficha técnica del vehículo.
    4. Permiso de circulación.
    5. Remolques de más de 750 kg factura o documento acreditativo de la titularidad del remolque.
    6. Curso de formación en bienestar animal, aptitud para el transporte, carga, descarga y manipulación (solo para viajes de hasta 8 horas, más de 8 horas y hasta 12 horas de duración y NO aplica a otros tipos de transporte).
    7. Certificado de competencia expedido por la autoridad competente para conductores o cuidadores en un vehículo de carretera destinado a transporte de équidos, bovino, ovino, caprino y aves de corral (solo para viajes de hasta 8 horas, más de 8 horas y hasta 12 horas de duración y NO aplica a otros tipos de transporte).
    8. Plan de contingencia, (solo para viajes de hasta 8 horas, más de 8 horas y hasta 12 horas de duración y NO aplica a otros tipos de transporte).

    La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

    1. NIF/NIE del interesado.
    2. NIF/NIE del representante.

    Documentos a aportar junto a la solicitud:

    1. Acreditación de la representación, en su caso.
    2. Documentación acreditativa del cambio de domicilio social.

    La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

    1. NIF/NIE del interesado.
    2. NIF/NIE del representante.

    Documentos a aportar junto a la solicitud:

    1. Acreditación de la representación, en su caso.

    La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

    1. NIF/NIE del interesado.
    2. NIF/NIE del representante.

    Presentación de solicitudes

    La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

    Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

    1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
    2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
    3. Selecciona una de estas dos opciones:
      1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
      2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
    4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

    Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

    Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

    • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
    • consultar su estado de tramitación.

    Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

    Información Complementaria

    Para consultas relacionadas con Plan de contingencia y Cursos de formación de bienestar animal en el transporte (Información Área de Protección Animal: 91 438 31 88)

    Para el resto de consultas relacionadas con la tramitación de la solicitud puede ponerse en contacto con el Área de Ganadería en el teléfono 91 438 31 53.

    Tramitación

    Una vez efectuado el registro de transportistas y medios de transporte con domicilio social en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, se les asignarán un código de identificación, que se comunicará a los interesados.

    Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución. 

    Plazos y efectos del silencio administrativo

    Plazo máximo de resolución
    Tres meses
    Efecto del silencio
    Desestimatorio
    Normativa reguladora del silencio administrativo
    Ley 39/2015, de 01 de octubre , de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Normativa

    Órgano responsable

    Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
    Viceconsejería de Medio Ambiente y Agricultura
    D. G. de Agricultura Ganadería y Alimentación

    El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

    ¿Te ha resultado útil esta información?

    Ayúdanos a mejorar.

    Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar