Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Centros privados concertados.
Requisitos
- Para los centros privados concertados que deseen implantar el programa bilingüe en segundo ciclo de Educación Infantil y ya tengan implantado el programa bilingüe en la etapa de Educación Primaria:
- Maestros con la especialidad de Educación Infantil que estén en posesión de la habilitación lingüística para impartir las áreas en inglés en el programa bilingüe: 1 maestro en centros de línea 1, 2 ó 3; 2 maestros en centros de línea 4 o más.
- Maestros que cumplan los requisitos para impartir el bloque J "Lengua Extranjera" del área III "Comunicación y representación de la realidad", sin que sea necesario que estén en posesión de la habilitación lingüística.
- Auxiliares de conversación en número suficiente para dedicar una hora semanal como mínimo en cada grupo de alumnos en los que se implante el programa bilingüe.
- Los centros privados concertados que tengan implantado el programa bilingüe en la etapa de Educación Primaria y no cumplan los requisitos arriba mencionados, deberán solicitar la excepción.
- Para los centros privados concertados que deseen implantar el programa bilingüe en la etapa de Educación Primaria:
- Cumplir los requisitos de personal establecidos en el apartado 1.
- Maestros de Educación Primaria que estén en posesión de la habilitación lingüística en número suficiente para impartir el 30% del horario lectivo semanal como mínimo en lengua inglesa (mínimo dos maestros).
- Auxiliares de conversación en número suficiente para dedicar tres sesiones semanales como mínimo en cada grupo de alumnos en los que se implante el programa bilingüe.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Para la autorización del programa bilingüe en 2º ciclo de Educación Infantil:
- Memoria sobre la organización general de la enseñanza bilingüe en segundo ciclo de Educación Infantil en la que se detallarán, como mínimo, los siguientes aspectos: contenidos curriculares y áreas que se impartirán en lengua inglesa; horario semanal con indicación expresa de las sesiones semanales dedicadas a los contenidos impartidos en lengua inglesa y al bloque de "Lengua Extranjera", y duración de las mismas; sesiones semanales en las que intervendrá el auxiliar de conversación en cada grupo de alumnos y duración de las mismas; criterios y pautas para desarrollar la metodología de enseñanza bilingüe.
- Curriculum vitae y certificados de estudios de los auxiliares de conversación listados en la solicitud.
- Para la autorización del programa bilingüe en 2º ciclo de Educación Infantil y simultáneamente en la etapa de Educación Primaria:
- Memoria sobre la organización general de la enseñanza bilingüe en segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, en la que se detallarán, como mínimo, los siguientes aspectos: áreas que se impartirán en lengua inglesa; horario semanal con indicación expresa de las sesiones semanales dedicadas a las áreas impartidas en lengua inglesa y al área de Lengua Extranjera: Inglés y duración de las mismas; sesiones semanales en las que intervendrá el auxiliar de conversación en cada grupo de alumnos y duración de las mismas; criterios y pautas para desarrollar la metodología de enseñanza bilingüe.
- Curriculum vitae y certificados de estudios de los auxiliares de conversación listados en la solicitud.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF o NIE del representante del titular.
- NIF o NIE del titular.
- Títulos académicos de los docentes.
- Certificados de habilitación lingüística de los docentes.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
- Para más información sobre este trámite puedes contactar a través del correo electrónico: privadosyconcertados@madrid.org
Normativa
- Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, por la que se dictan instrucciones para la tramitación de las solicitudes de autorización y excepción de la extensión de la enseñanza bilingüe en el segundo ciclo de Educación Infantil, así como para las solicitudes de autorización de implantación de la enseñanza bilingüe en la etapa de Educación Primaria en los centros privados concertados del ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid en el curso 2025-2026 (BOCM nº 5, de 7 de enero de 2025).
- Orden 988/2023, de 22 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se regula la organización, la autorización y la financiación de la extensión de la enseñanza bilingüe español-inglés en el segundo ciclo de Educación Infantil en los centros privados concertados bilingües de la Comunidad de Madrid (BOCM Nº 79, de 3 de abril).
- Orden 763/2015, de 24 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los centros privados concertados bilingües del ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 83, de 9 de abril).
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Política y Organización Educativa
- Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
- Valoración técnica de las solicitudes de autorización y la documentación presentada, y propuesta de autorización en caso de que así proceda.
- Revisión de las solicitudes de excepción y autorización en caso de que así proceda.
- Cuando la solicitud no reúna alguno de los datos exigidos, se comunicará al interesado mediante notificación electrónica, quien dispondrá de diez días hábiles para subsanar.
- Cuando la Administración no pueda consultar las titulaciones o certificaciones de los docentes a causa de su antigüedad o cualquier otra razón, se comunicará al interesado mediante notificación electrónica, quien dispondrá de diez días hábiles para subsanar aportando la documentación.
- Se elevará una propuesta de autorización o excepción para la implantación de la enseñanza bilingüe al titular de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, quien autorizará mediante orden a los centros seleccionados.
- Los centros que soliciten autorización y no resulten seleccionados recibirán una notificación electrónica individual y motivada.
Plazos y efectos del silencio administrativo
5 meses
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 08/01/2025 Fecha de fin: 21/01/2025
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud