Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Realizar campaña anual de matanza domiciliaria de cerdos para autoconsumo en su término municipal.
- Solicitar la autorización para cada campaña anual entre el 1 y el 20 de octubre.
Documentación
No es necesario aportar documentación junto a la solicitud.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Si necesitas más información, puedes contactar con la unidad técnica de Control Oficial de Mataderos.
C/ Ronda de Segovia, 52, 1ª planta. 28005. Madrid.
Teléfonos: 91 344 29 87 / 91 344 29 85
Correo electrónico: seguridad.alimentaria@salud.madrid.org
Normativa
- Orden 2138/1996, de 25 de septiembre, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se regula la Campaña Oficial de Matanza Domiciliaria de Cerdos (BOCM nº 233, de 30 de septiembre).
Órgano responsable
- Consejería de Sanidad
- Viceconsejería de Sanidad
- Dirección General de Salud Pública
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Al recibir la solicitud, si detectamos que faltan datos, te pediremos que subsanes en el plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos). Si no lo haces, entenderemos que desistes de tu solicitud, y así lo indicaremos en la resolución.
Si es correcta, se emite resolución de autorización firmada por la persona titular de la dirección general responsable en esta materia que se le remitirá mediante notificación telemática (NOTE).
La autorización es válida para una campaña anual.
Sus datos se incluirán en el listado de ayuntamientos autorizados en cada campaña anual.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Tres meses.
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud