Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
Personas físicas o jurídicas.
Información adicional
Sin perjuicio de la obtención de la autorización de la Administración regional, la titularidad del centro será responsable de disponer asimismo de las licencias municipales que procedan para iniciar su funcionamiento.
Normativa
- Reglamento de Espectáculos Taurinos (Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, (BOE de 2 de marzo)
- Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos.(BOE» núm. 82, de 5 de abril)
- Resolución de 28 de enero de 2015, de la Dirección General de Seguridad e Interior, por la que se ordena la publicación del impreso normalizado para autorización de Escuelas Taurinas en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 48, de 26 de febrero)
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
- Dirección General de Seguridad
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Descargar" y rellena el formulario. Al finalizar, pulsa "Guardar".
- Elige la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Accede al "Registro electrónico" e incluye el formulario relleno. En la siguiente pantalla puedes adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Imprimir" el formulario relleno y fírmalo.
- Preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano de la Comunidad de Madrid.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Revisada la documentación presentada, la Dirección General de Seguridad e Interior, resolverá sobre la procedencia de autorizar o modificar la autorización del centro privado.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Tres meses
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud