Última actualización: 07/07/2025

Descripción

  • Referencia
    87417
  • Descripción

    Autorización para realizar acampadas temporales e itinerantes, organizadas por personas físicas, asociaciones, entidades o empresas, públicas o privadas, que se desarrollen en el territorio de la Comunidad de Madrid, en el marco de Actividades de Tiempo Libre dirigidas a la infancia y juventud.

    La solicitud se debe presentar al menos 20 días antes de la fecha de inicio de la actividad.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Personas destinatarias

Personas físicas, asociaciones, entidades o empresas, públicas o privadas.

Requisitos

  1. Acompañar a los participantes de las acampadas, al menos, un monitor por cada 10 personas o fracción igual o superior a 5.
  2. El 50 por ciento de los monitores, sin contar al Responsable, deben disponer del título de Monitor de Tiempo Libre.
  3. Elaborar un Programa de la actividad donde se contemple las actividades que se pretendan realizar y los fines y objetivos que se persigan, que en todo caso deberán estar conformes con la letra y el espíritu de la Constitución.
  4. Contar con autorización por escrito del titular de derechos de uso y disfrute, administrador o representante legal, suficientemente acreditado, del terreno que se ocupa, bien sea de carácter público o privado.
    1. En el caso de que se trate de terrenos administrados por la Agencia de Medio Ambiente o que se encuentren sometidos a un régimen especial de protección, es necesaria, además, autorización de dicho Organismo, quien asimismo establecerá el tiempo máximo de pernoctación en los terrenos.
  5. Determinar el lugar de instalación del campamento, adjuntando el correspondiente plano, y fechas de inicio y finalización de la acampada.
  6. Indicar el número de participantes y su edad.
  7. Contar con el informe del Alcalde o Concejal Delegado competente, del municipio donde se encuentre el terreno en el que se pretenda establecer el campamento, así como de la Agencia de Medio Ambiente en el caso de que fuera procedente, en relación con las condiciones del lugar y emplazamiento en las fechas solicitadas para acampar, señalando su conformidad o no a que la acampada se realice en el lugar y fechas solicitados. En el caso de mostrarse disconformes, debe motivarse la razón de la oposición.
  8. Contar con el Informe sanitario del farmacéutico de distrito, conforme a lo establecido los Servicios Farmacéuticos dependientes de la Consejería de Salud de la Comunidad de Madrid, que acredite que el lugar de acampada reúne las condiciones necesarias para cumplir las normas de carácter higiénico-sanitario.
  9. Si procede, contar con la autorización para hacer fuego de acampada, concedida por el órgano competente en materia de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la normativa vigente sobre medidas de prevención de incendios.
  10. Indicar la asistencia médica prevista, con indicación del médico que la llevará a cabo o del Centro de Salud al que se acudiría en caso de necesidad.
  11. En el caso de acampadas itinerantes debe acompañarse, además, descripción del itinerario, fechas y zonas de emplazamiento.
  12. Declarar en la solicitud:
    1. Que ha sido informado y conoce la obligación de tener la siguiente documentación durante el transcurso de la acampada:
      1. Autorización para la realización de la acampada.
      2. Relación de participantes en la que se haga constar su nombre, domicilio, DNI, edad y número de teléfono en su caso.
      3. Autorización por escrito del padre, madre o tutores de los participantes menores de edad.
      4. Cartilla de Asistencia de la Seguridad Social o póliza vigente de seguro.
      5. Póliza de seguro de Responsabilidad Civil que cubra daños que los acampados pudieran ocasionar.
    2. Que el personal de la entidad que participa en la acampada, incluido el personal voluntario, que implique contacto habitual con personas menores de edad en el desarrollo de las actividades, no ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual y trata de seres humanos.
    3. Que en el caso de que en el desarrollo del proyecto participe personal voluntario de la entidad, este personal no cuenta con antecedentes penales no cancelados por delitos de violencia doméstica o de género, por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos, o por delitos de tráfico ilegal o inmigración clandestina de personas, o por delitos de terrorismo.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Autorización para consulta de datos personales (rellenar y aportar una autorización firmada por el responsable y por cada uno de los monitores).
  2. Título de coordinador o coordinadora de tiempo libre, válido en la Comunidad de Madrid.
  3. Títulos de monitor o monitora de tiempo libre válido en la Comunidad de Madrid (de al menos la mitad de los monitores).
  4. Programa de la actividad (conforme a lo previsto en el Decreto 7/1993, de 28 de enero, que regula las acampadas juveniles).
  5. Protocolos de actuación, si hay menores de edad entre los participantes, para la prevención, detección precoz e intervención, frente a las posibles situaciones de violencia sobre la infancia y la adolescencia.
  6. Autorización del titular del terreno.
  7. Plano del lugar de acampada.
  8. Informe del Ayuntamiento donde se desarrolla la actividad.
  9. Asistencia médica prevista, con indicación de: el médico que la llevará a cabo, o del Centro de salud al que acudir.
  10. En el caso de acampadas de 50 o más participantes, datos y documentación acreditativa del Responsable Sanitario (Médico, ATS o Diplomatura en Enfermería).
  11. Documentación acreditativa de la inscripción en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid o, en su caso, en el de ámbito estatal.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. NIF o NIE de la persona o entidad interesada.
  2. NIF o NIE de la persona responsable y de los monitores.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  • Registro Central de Delincuentes Sexuales (si en la acampada participan menores de edad).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

  • Área de Actividades y Formación
  • Calle General Díaz Porlier número 35, 28001, Madrid
  • Correo electrónico: servicioactividades.juventud@madrid.org
  • Teléfono: 699773679
  • Horario de 10:00 a 14:00

Tramitación

Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos te pediremos que, en un plazo de 10 días (hábiles), subsanes (corrijas) la falta o aportes los documentos necesarios. Si no lo haces, entenderemos que renuncias a tu solicitud.

La autorización de la acampada estará supeditada al informe sanitario que se solicitará al órgano competente en la materia, sobre las condiciones higiénico-sanitarias del lugar de acampada.

Sobre las solicitudes que reúnan los requisitos exigidos, recaerá resolución y se autorizará la acampada.

Te notificaremos la resolución por el medio indicado en tu solicitud.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

3 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 01 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No hay silencio regulado en la norma, por ello hay que acudir al principio general, que establece que el silencio tendrá efecto desestimatorio en los procedimientos que impliquen el ejercicio de actividades que puedan dañar el medio ambiente.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:

  • 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
  • En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.

Acceso al trámite de recurso de alzada

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Juventud

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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