Descripción
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Referencia39132
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Descripción
Procedimiento para realizar el pago anticipado de las cantidades pendientes de facturar por la compraventa del inmueble.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
Tener disponible, en el momento de la solicitud, la cantidad que se pretenda amortizar.
Documentación a presentar
Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas a ello, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF o NIE
- Certificado de estar al corriente de pago emitido por la Empresa Recaudadora
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Tramitación
Una vez recibida la solicitud se dará traslado de la misma al Equipo de Gestión correspondiente, se realizarán las comprobaciones oportunas de la documentación presentada; tras ello se incluirá la petición en los sistemas informáticos, se calculará el pendiente de cobro y se generará un documento para su ingreso.
El documento para que el solicitante pueda realizar el ingreso se le remitirá por correo ordinario, se dará de alta en el registro de salida y se enviará al Área de Régimen Interior para su envío. En la notificación se le especificará el plazo de que dispone para hacer el pago, que se corresponde con la siguiente facturación, de manera que de no realizarlo no se interrumpa la facturación, advirtiendo al solicitante que, además, de la cancelación económica deberán solicitar la cancelación registral.
Normativa
- Resolución 1089/SG/2009, del Director-Gerente, por la que se habilita el Registro Telemático del Instituto de la Vivienda de Madrid para la realización de trámites telemáticos en diversos procedimientos (BOCM nº 6, de 8 de enero de 2010).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).