Descripción

  • Referencia
    13376
  • Descripción

    Solicitudes para adherirse al Proyecto de Apoyo a la Mecanización de la Gestión Municipal (Proyecto GEMA) por parte de: Entidades Locales (Ayuntamientos, Mancomunidades, Entidades Locales Menores), Patronatos y Entidades Públicas Empresariales (Consorcios).

Destinatarios y/o requisitos

  1. En las solicitudes de módulos de contabilidad, gestión de ingresos y recaudación, gestión administrativa y registro y de nóminas, se priorizarán aquellas entidades locales de menos de 20.000 habitantes.
  2. Para el módulo de archivo, la entidad local deberá contar con personal técnico especializado en archivo.
  3. Para el módulo de sistema de información geográfica para la gestión catastral no existe requisito previo.
  4. Para cualquiera de los módulos, la entidad local podrá solicitar tutorías personalizadas.
  5. Para Patronatos y Entidades Públicas Empresariales se tendrá en cuenta su naturaleza y características concretas, objeto de estudio particularizado en cada caso.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
  2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes. 

Presentación solicitud

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
  4. También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  5. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

 

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información sobre tramitación electrónica en la Guía de Administración Electrónica.

Información Complementaria

Las solicitudes que hayan sido cumplimentadas según lo establecido y se ajusten a las condiciones establecidas serán debidamente atendidas, siempre estando sujetas a las disponibilidades existentes.

El Proyecto ofrece cesión de licencias de módulos: contabilidad, gestión de ingresos, gestión administrativa y registro, firma electrónica, nóminas y seguridad social, archivo y sistema de información geográfica para la gestión catastral, así como cuenta y buzón de correo electrónico.

Tramitación

1. Recepción de la solicitud en la Dirección General.
2. Por parte de la Dirección General se podrá requerir la información o documentación complementaria que se considere necesaria para la comprensión o evaluación de la solicitud.
 

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Administración Local y Digitalización
Viceconsejería de Administración Local y Digitalización
D.G. de Reequilibrio Territorial

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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