Descripción
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Referencia39472
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Descripción
Solicitud del símbolo de calidad empresarial “buenas prácticas” por empresarios que estén adheridos a Códigos de Buenas Prácticas aprobados por el Consejo de Consumo de la Comunidad de Madrid.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
- Ser empresario, persona física o jurídica.
- Estar adherido a un Código de Buenas Prácticas aprobado por el Consejo de Consumo de la Comunidad de Madrid.
- Cumplir con los compromisos del Código de Buenas Prácticas al que estén adheridos.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Tramitación
En su tramitación será de aplicación el procedimiento regulado en el Título VI de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La concesión del símbolo de “Buenas Prácticas” será aprobada por el titular de la Dirección General con competencia en materia de ordenación del consumo y defensa de los consumidores, a propuesta de la Comisión de Códigos de Buenas Prácticas.
Normativa
- Decreto 1/2010, de 14 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid (texto consolidado).
- Orden de 11 de diciembre de 2012, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se regula la concesión del símbolo de calidad empresarial “Buenas Prácticas” en materia de protección al consumidor y se crea el Registro de Personas Físicas o Jurídicas concesionarias de dicho símbolo (BOCM nº 8, de 10 de enero de 2013).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).