Descripción
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Referencia31809
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Descripción
El personal médico y de Enfermería que preste sus servicios en actividades relacionadas con el transporte sanitario debe acreditar un nivel de formación específico para este desempeño. La formación se adquiere en la Comunidad de Madrid a través de la realización de un curso acreditado.
La Consejería de Sanidad acredita las actividades formativas que se imparten en la Comunidad de Madrid para el personal de Medicina y Enfermería y que les habilita para prestar sus servicios profesionales en actividades relacionadas con el transporte sanitario en la Comunidad de Madrid.
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Más información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Destinatarios
Entidades que impartan actividades formativas en la Comunidad de Madrid relacionadas con el Transporte Sanitario: .dirigidas a personal médico y de enfermería.
Requisitos
Requisitos del profesorado
- Estar en posesión de titulación universitaria.
- Disponer de experiencia profesional acreditada en trabajos relacionados con urgencias y /o transporte sanitario
Requisitos en las instalaciones docentes
- Contar con equipos o dispositivos necesarios para la consecución de los objetivos generales y específicos previstos en las prácticas.
- Realizar la formación hospitalaria en un centro con internamiento, destinado a la atención de enfermos agudos que debe contar con una dotación mínima de 350 camas y disponer de unidades de urgencias, hospitalización intensiva con unidad coronaria y anestesia-reanimación con facultativos especialistas de presencia continua. La rotación en prácticas podrá realizarse en centros asociados o concertados, si de ello derivan mejoras en la docencia de los alumnos. En este caso deberá especificarse y acreditarse esta circunstancia.
Requisitos de los Programas
Los programas deben comprender las materias y horas lectivas establecidas en el anexo incluido en la normativa vigente, según se trate de Diplomados en Enfermería o Licenciados en Medicina y Cirugía.
- Personal de enfermería
- Duración total: 334 horas.
- Programa teórico: 80 horas (16 jornadas de cinco horas)
- Programa práctico: 254 horas.
- Personal médico
- Duración total: 800 horas.
- Programa teórico: 80 horas (16 jornadas de cinco horas.)
- Programa práctico: 720 horas.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Programa del curso (Anexo).
- Currículum Vitae del responsable y docentes del curso (sólo en la primera solicitud de Acreditación y en sucesivas, siempre que se produzca el alta de un nuevo docente).
- Acuerdos de colaboración.
- Seguro de alumnos.
- Costes y derechos de inscripción.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
En el certificado de aptitud emitido por la Entidad docente al finalizar el curso, se incluirá una referencia clara a la resolución de acreditación otorgada por la Dirección General competente.
Finalizado el curso, el centro docente remitirá al órgano responsable de la acreditación de esta formación, el Acta final del curso.
Para consultas sobre este trámite, dispones del correo electrónico: transportesanitario@salud.madrid.org
Tramitación
Una vez se recibe la solicitud, se valora la documentación aportada y el cumplimiento de los requisitos correspondientes.
Posteriormente se emite una resolución favorable o de denegación.
Si la documentación resultara incompleta, o existieran aspectos que requirieran revisión o aclaración, la Dirección General competente en materia de formación de la Consejería de Sanidad notificará al interesado y le requerirá para su subsanación.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Tres meses
Normativa
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Orden 1126/2023, de 11 de julio, de la Consejería de Sanidad, por la que se derogan diversas órdenes en materia de requisitos de habilitaciones de transporte sanitario, inscripciones en registros y determinados procedimientos, y se modifica la Orden 1085/1998, de 25 de mayo, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se regula el reconocimiento de interés sanitario, y/o social, para actos de carácter científico en la Comunidad (BOCM nº 183, de 3 de agosto)
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Orden 1102/2003, de 12 de noviembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifican las Órdenes 560/1997 y 559/1997, ambas de 17 de marzo, que establecen los criterios que permiten garantizar los niveles mínimos de formación del personal dedicado al transporte sanitario en ambulancias y se abre con carácter indefinido el plazo de solicitud para la obtención de la homologación de dicho personal.
Órgano responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).