Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personal docente que presta servicios o puede acreditar un compromiso de contratación con un centro privado concertado de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Reunir los requisitos de titulación y cualificación específica para impartir la materia de Lengua Extranjera Inglés.
- Impartir al menos una de las siguientes materias:
- Lengua Extranjera Inglés en Educación Secundaria Obligatoria.
- Primera Lengua Extranjera Inglés en cualquiera de los dos primeros cursos de la Educación Secundaria Obligatoria.
- No tener condenas por sentencia firme por alguno de los delitos contra la libertad sexual.
- Acreditar la posesión de un título universitario oficial de máster o doctorado cursado en inglés, en alguno de los siguientes campos:
- Estudios literarios en lengua inglesa.
- Estudios relacionados con la cultura de países de habla inglesa.
- Estudios sobre lingüística inglesa.
- Estudios sobre metodología aplicada al inglés.
- Estudios en traducción e interpretación en lengua inglesa.
- Haber escrito y defendido en inglés tanto el Trabajo de Fin de Máster (TFM) como la Tesis Doctoral.
- Adjuntar a la solicitud la documentación acreditativa de la titulación:
- Titulaciones obtenidas en España: copia del título oficial o resguardo acreditativo del abono de las tasas de expedición, junto con el plan de estudios y el certificado académico.
- Titulaciones obtenidas en universidades extranjeras: traducción jurada del título, del plan de estudios y de la certificación académica.
- La validez de los títulos aportados está supeditada al informe favorable de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza.
- No es válido el título oficial de Máster Universitario que habilita para el ejercicio de las profesiones reguladas de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Título oficial de máster o doctorado cursado en inglés, en alguno de los campos que se detallan en el Anexo I.
- Certificado académico del master o doctorado, con indicación del idioma en que se ha cursado cada asignatura y que el TFM o tesis doctoral han sido redactados y defendidos en inglés.
- Plan de estudios del máster o doctorado presentado.
- En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero: Traducción jurada del título, del plan de estudios y del certificado académico.
- Certificado de compromiso de contratación por el centro docente privado concertado, en su caso (Anexo IV).
- Documento de otorgamiento de la representación, en su caso.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- DNI o NIE de la persona interesada.
- DNI o NIE de la persona representante.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Resolución conjunta de 16 de febrero de 2026, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado en los institutos bilingües y en los centros privados concertados autorizados para impartir el programa bilingüe en Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 51, de 2 de marzo).
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Política y Organización Educativa
- Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
Una vez completada, se solicita informe de validez a la Dirección General responsable, y, una vez obtenido, emitiremos la resolución favorable o desfavorable de acreditación para impartir el currículo de inglés avanzado y se lo comunicaremos a la persona solicitante.
Además, al finalizar esta convocatoria, publicaremos el listado de las personas acreditadas por este procedimiento.
Plazos y efectos del silencio administrativo
3 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:
- 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
- En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Contacto
Área Económico-Administrativa y Profesorado
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud