Descripción
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Referencia76852
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Descripción
Procedimiento que permite la comunicación del inicio, y su posterior seguimiento y evaluación, de las acciones formativas de los planes de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados y de los distintos programas dirigidos prioritariamente a trabajadores desempleados.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
Entidades o centros de formación acreditados y/o inscritos en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de la Comunidad de Madrid que vayan a impartir acciones formativas subvencionadas por la Dirección General de Formación, así como las acciones formativas de iniciativa privada (no subvencionadas).
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Documentación de los docentes (curriculum, titulación, etc.)
- Planificación didáctica del curso (SEN-0A ó SEN-0ATF para modalidad de teleformación)
- Planificación didáctica del módulo (SEN-0B ó SEN-0BTF para modalidad de teleformación)
- Planificación de la evaluación (SEN-0C ó SEN-0CTF para modalidad de teleformación)
- Otros (Indicar )
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Documentación de interés
Normativa
- Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo (BOE nº 51, de 1 de marzo).
- Real Decreto 659/2023 de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional (BOE nº 174, de 22 de julio).
- Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, por la que se regula la oferta formativa del sistema de Formación profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales efectuada por las administraciones competentes, se establecen bases reguladoras, así como las condiciones para su financiación (BOE nº 239, de 5 de octubre).
- Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional (BOE nº 78, de 1 de abril).
- Real Decreto 62/2022 de 25 de enero de flexibilización de los requisitos exigibles para impartir ofertas de formación profesional conducente a la obtención de Certificados, así como de la oferta de formación profesional en centros del sistema educativo. Reales Decretos que regulan cada certificado profesional (BOE nº 23, de 27 de enero).
- Orden TMS/369/2019, de 28 de marzo, por la que se regula el Registro Estatal de Entidades de Formación del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, así como los procesos comunes de acreditación e inscripción de las entidades de formación para impartir especialidades formativas incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas (BOE nº 78, de 1 de abril).
- Orden ESS 722/2016, de 9 de mayo, por la que se amplía la oferta de certificados susceptibles de impartirse en la modalidad Virtual (antes teleformación) y se establecen las especificaciones para su impartición (BOE nº 117, de 14 de mayo).
- Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral (BOE nº 217, de 10 de septiembre).
- Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el RD 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados y los reales decretos por los que se establecen certificados dictados en su aplicación (BOE nº 249, de 17 de octubre).
- Anexo IV del Real Decreto 34/2008 de 18 de enero por el que se regulan los Certificados (BOE nº 27, de 31 de enero).
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviembre).
- Nuevas Instrucciones de la DGF sobre Prevención de Riesgos Laborales antes del inicio de la formación en empresa u organismo equiparado en cualquiera de los Grados C del Sistema de FP.
Órgano responsable
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20 diciembre 2016- 20 Mayo 2021
- 03 junio 2019
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- 11 abril 2012
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).