Última actualización: 08/10/2024

Descripción

  • Referencia
    76853
  • Descripción

    Procedimiento que permite realizar el seguimiento y evaluación de las acciones formativas ligadas a los Contratos de formación en alternancia y que han sido previamente autorizadas.

     

    Aviso importante

    Tanto el contrato para la formación en alternancia, como el anexo I Acuerdo para la actividad formativa, deben comunicarse a través de CONTRAT@. (Véase en Documentación de interés: Nota aclaratoria del SEPE).

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Requisitos

Los centros y entidades de formación que vayan a impartir la actividad formativa del contrato de formación en alternancia respecto de los contratos suscritos por empresas cuyos centros de trabajo estén ubicados en el territorio de la Comunidad de Madrid.

Documentación a presentar

Aviso importante

Tanto el contrato para la formación en alternancia, como el anexo I Acuerdo para la actividad formativa, deben comunicarse a través de CONTRAT@. (Véase en Documentación de interés: Nota aclaratoria del SEPE).

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea. 
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid. 

Documentos que se aportan junto a la solicitud

  1. Documentación de los docentes (curriculum, titulación, etc.)
  2. Planificación didáctica del curso (SEN-0A ó SEN-0ATF para modalidad de teleformación)
  3. Planificación didáctica del módulo (SEN-0B ó SEN-0BTF para modalidad de teleformación)
  4. Planificación de la evaluación (SEN-0C ó SEN-0CTF para modalidad de teleformación)

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes. 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Documentación de interés

Guía para la Gestión de Acciones Formativas Conducentes a la Obtención de Certificados de Profesionalidad 2022-2023
Descargar
1.51 MB
Instrucciones para la verificación de formadores de Acciones Formativas Conducentes a la Obtención de Certificados de Profesionalidad (marzo 2023)
Descargar
811.19 KB
Nota aclaratoria del SEPE
Descargar
206.06 KB
Plantilla CFA
Descargar
68.72 KB
Declaración de competencias básicas digitales
Descargar
362.17 KB
Anexo VI. Aclaración Familia TMVC TMVI
Descargar
248.38 KB
Anexo VII. Aclaración certificados TMVI0108 y TMVI0208
Descargar
439.35 KB
Anexo XV. Guía especifica CFA TF 2022
Descargar
1.08 MB
Resolucion 29 septiembre 2017. CFA
Descargar
153.22 KB

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Empleo
D. G. de Formación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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