Descripción

  • Referencia
    76246
  • Descripción

    Procedimiento de solicitud de autorización de inicio para la impartición de acciones formativas conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad no financiadas con fondos públicos, y para la remisión de modificaciones y/o documentación requerida, en aquellos supuestos en que esta solicitud no pudiera realizarse a través del Sistema Integral de Empleo (SIE), por no disponer momentáneamente de clave de acceso a la oficina virtual o motivos excepcionales.

    La clave puede solicitarla a través del registro electrónico, dirigido a la Subdirección General de Evaluación, Seguimiento y Control de Formación, de la Dirección General de Formación.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Requisitos

Empresas o entidades formativas con centros acreditados en la Comunidad de Madrid, que constan en el Registro de Entidades de Formación Profesional para el Empleo, y que desean impartir acciones formativas acreditables y conducentes a la obtención de Certificados de Profesionalidad, sin financiación con fondos públicos.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Memoria Explicativa de la necesidad y oportunidad de la formación prevista en relación al mercado de trabajo con el que la especialidad formativa se relaciona, como a las características del grupo de alumnos destinatarios de la actuación.
  2. Relación de formadores y/o tutores-formadores, con indicación del módulo formativo concreto que van a impartir y la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos que deben cumplir, conforme se dispone en el Real Decreto del Certificado de Profesionalidad correspondiente.
  3. Relación de alumnos, junto con la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de acceso que deben cumplir, conforme se dispone en el Real Decreto del Certificado de Profesionalidad correspondiente.

 

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Tramitación

Instrucciones para cumplimentar los apartados de la solicitud

  1. Datos del interesado:
    Se deberán cumplimentar los campos “Nombre”, “Apellido 1” y “Apellido2” si el Interesado es una persona física. El campo “Razón Social” se deberá cumplimentar si el Interesado es una persona jurídica. El dato de correo electrónico es un campo obligatorio. En todo caso deberán ser coincidentes con los datos que consten en el Registro de Entidades de Formación Profesional para el Empleo.
     
  2. Datos del representante:
    Deberán cumplimentarse todos los campos del apartado.
     
  3. Centro de Formación:
    Deberán corresponderse exactamente con los consignados en el Registro de Entidades de Formación Profesional para el Empleo.
     
  4. Datos de la acción formativa solicitada:
    1. Deberán de cumplimentarse obligatoriamente los campos: Código del Certificado, Denominación del Certificado de profesionalidad y Número máximo de alumnos, que no podrá superar, en ningún caso, la capacidad del número máximo de alumnos que el centro de formación tenga acreditado.
    2. Obligatoriamente se deberá indicar si la acción formativa solicitada incluye todos los módulos formativos del certificado de profesionalidad o si solo incluye alguno o algunos de los módulos formativos. En este último caso es obligatorio indicar los códigos y denominación de los mismos. Excepcionalmente se indicarán los códigos y denominaciones de Unidades Formativas independientes cuando la acción formativa esté dirigida a completar el itinerario formativo de un certificado de profesionalidad.
       
  5. Documentación requerida junto a la solicitud:
    Los campos de “poder bastanteado de la representación”, CSV y fecha no son obligatorios, pudiendo acreditar la representación por cualquier otro medio fehaciente.
    A la solicitud se acompañara:
    1. Una Memoria Explicativa de la necesidad y oportunidad de la formación prevista en relación al mercado de trabajo con el que la especialidad formativa se relaciona, como a las características del grupo de alumnos destinatarios de la actuación.
    2. La relación de formadores y/o tutores-formadores, con indicación del módulo formativo concreto que van a impartir y la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos que deben cumplir, conforme se dispone en el Real Decreto del Certificado de Profesionalidad correspondiente.
    3. La relación de alumnos, junto con la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de acceso que deben cumplir, conforme se dispone en el Real Decreto del Certificado de Profesionalidad correspondiente.
       
  6. Declaración responsable:
    La firma de la solicitud conlleva la realización de la declaración responsable.
     
  7. Firma de la solicitud:
    La solicitud deberá ser firmada por el propio interesado o por la persona que ostenta su representación legal.
     
  8. Requerimientos:
    Al aportar nueva documentación o realizar modificaciones en la solicitud presentada, deberá cumplimentarse una nueva solicitud indicándose en la casilla correspondiente, el Número de Expediente que se consigna en la comunicación del requerimiento recibido. Los trámites se llevarán a cabo por el mismo procedimiento establecido para la solicitud.

Plazos y efectos del silencio administrativo

PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: destimatorio.

RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Empleo
D. G. de Formación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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