Descripción
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Referencia254
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Descripción
Las personas responsables (o gestores) de actividades ligadas al abastecimiento del agua de consumo humano deberán solicitar los correspondientes informes sanitarios para la puesta en funcionamiento de nuevas instalaciones de abastecimiento, en base a lo señalado en el art. 13 del RD 140/2003, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
La solicitud puede ser para la emisión de dos tipos de informes:
- Informe sanitario sobre proyecto: sobre los proyectos de construcción de nuevas captaciones, conducciones, ETAP (estación de tratamiento de agua potable), red de abastecimiento o red de distribución (con una longitud mayor a 500 m), depósito de la red de distribución o remodelación de lo existente.
- Informe sanitario de puesta en funcionamiento: para la puesta en funcionamiento de la nueva instalación basado en la inspección de las infraestructuras y valoración de los análisis realizados.
Se procederá a solicitar el segundo informe, al finalizar la fase de construcción de la nueva instalación y siempre previo a la puesta en funcionamiento de la instalación.
Presentación solicitud
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
Consulta más información sobre tramitación electrónica en la Guía de Administración Electrónica.
Información Complementaria
Si desea ampliar esta información puede hacerlo:
- Dirigiéndose al Servicio de Sanidad Ambiental en la C/ Ronda de Segovia, 52, 1ª planta. Horario de atención al público: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.
- A través del teléfono: 91 370 20 69.
- O a través del correo electrónico: dgorden.sanidadambiental@salud.madrid.org
- O a través del siguiente enlace: Más información
Normativa
- Resolución de 12 de febrero de 2010, de la Dirección General de Ordenación e Inspección, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Sanidad para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes de varios procedimientos administrativos (BOCM nº 62 de 15 de marzo).
- Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano (BOE nº 45, de 21 de febrero).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).