Descripción

  • Referencia
    A270
  • Descripción

    Convocatoria para el año 2023 del pago de la prima compensatoria para los beneficiarios del Programa de ayudas a la forestación de tierras agrícolas en la Comunidad de Madrid.
    Estas ayudas pretenden conseguir los siguientes objetivos:

    1. Promover la forestación de tierras agrícolas.
    2. Incrementar la superficie forestal en el territorio madrileño.
    3. Diversificar las actividades agrarias y las fuentes de renta y empleo del medio rural.
    4. Contribuir a la lucha contra la erosión.
    5. Favorecer la conservación de la fauna y flora.
    6. Mejorar la regulación del régimen hidrológico.
    7. Potenciar los sistemas de fijación de CO2.
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 01/03/2023 Fecha de fin: 30/05/2023

Requisitos

Únicamente podrán solicitar el pago de la prima compensatoria quienes ya son beneficiarios de las ayudas y estén acogidos al compromiso de los Programas de Forestación de Tierras Agrarias.

No se admiten nuevos beneficiarios.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Certificado de la entidad bancaria acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria en la que solicita el ingreso de la ayuda. (Solo en el caso de que se haya producido alguna alteración en los datos indicados en la última solicitud presentada y referida a estas ayudas).
  2. Último recibo del Impuesto de Actividades Económicas, cuando legalmente sea exigible, o certificado de exención o última declaración del Impuesto de Sociedades.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. DNI/NIE del solicitante.
  2. DNI/NIE del representante.
  3. Certificado de hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social. En la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
  2. Certificado de hallarse al corriente con los tributos de la Comunidad de Madrid.
  3. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

Aviso importante
Para poder percibir las primas compensatorias es imprescindible cumplimentar dos formularios, disponibles al pulsar el botón Tramitar:

  • Solicitud.
  • Solicitud Única, a través de la aplicación SGA.

Además de en los lugares indicados, las solicitudes y documentación podrán presentarse presencialmente en las Delegaciones Comarcales de Agricultura y Ganadería.

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Seis meses.

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 01 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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