Descripción

  • Referencia
    A32
  • Descripción

    Becas para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad para el curso 2021-2022, dentro de las medidas a que se refiere el apartado b) del artículo 106 de la Ley 18/2014, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, en el marco del Plan Nacional de Garantía Juvenil.
     

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • 23/12/2021
    Resolución Definitiva de Becas de Segunda Oportunidad. Abierto plazo de recurso desde el 24 de diciembre de 2021 al 24 de enero de 2022

    Puede comprobar el estado de la solicitud pulsando el siguiente enlace

  • 08/11/2021
    Ampliación plazo de presentación de subsanaciones hasta el 18 de noviembre de 2021
  • 03/11/2021
    Abierto el plazo de presentación de subsanaciones del 4 al 17 de noviembre de 2021, ambos inclusive.

    Resolución Provisional.

    Puede comprobar el estado de la solicitud pulsando el siguiente enlace.

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 06/09/2021 Fecha de fin: 24/09/2021

Requisitos

Puedes optar a estas becas si eres un alumno inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que en el año de la convocatoria vayas a realizar estudios en Programas de Segunda Oportunidad, en modalidad presencial y cumplas los siguientes requisitos:

  1. Estar matriculado (o tener reserva de plaza) en un centro docente situado en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, autorizado por la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía o, en su caso, en cualquier entidad sin ánimo de lucro que despliegue su actividad dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y no tenga suscrito convenio de colaboración específico o contrato con la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía ni con otro organismo público para subvencionar este tipo  de actividades.
  2. Ser mayor de 16 años y menor de 30, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  3. Estar inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y reconocido como beneficiario.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
  2. Documentación:
  • Documentación requerida EN TODO CASO, y que debes aportar junto a la solicitud:
  1. Libro de Familia completo o documento oficial acreditativo equivalente (partida de nacimiento), junto con la traducción, en su caso.
  2. Certificado de matriculación del curso solicitado cumplimentado por el Centro educativo (Anexo I).
  • Si la unidad familiar SE OPONE a la consulta de datos por los órganos administrativos competentes a través de medios electrónicos, deberás indicarlo expresamente en la solicitud y aportarlos junto a ella:
  1. DNI/NIE.
  2. Certificado de nacimiento del solicitante.
  3. Certificado de discapacidad expedido por la Comunidad de Madrid.
  4. Información de la Renta Mínima de Inserción.
  5. Certificado del Sistema Nacional de Garantía Juvenil del solicitante, expedido por la Comunidad de Madrid.
  • La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos al procedimiento.
  1. Información de renta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 2019.
  • Documentos a aportar, en el caso de OPONERTE a alguna de las consultas de datos por los órganos administrativos competentes a través de medios electrónicos o si el documento no está emitido por la Comunidad de Madrid.
  1. Certificado de inclusión como beneficiario en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente.
  2. Copia en vigor del DNI o NIE o pasaporte (sólo extranjeros sin NIE) de los miembros de la unidad familiar.
  3. Certificado resumen de la declaración anual de IRPF emitido por la Agencia Tributaria correspondiente al año 2019, dotado de un código seguro de verificación, del solicitante y de todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar (no será válida la Declaración de la Renta (modelo 100).
  4. Informe de Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social de aquellos miembros mayores de edad que no hayan generado ingresos con retención de IRPF en el ejercicio 2019.
  5. Nómina o certificado del empleador de aquellos miembros mayores de edad de la unidad familiar que hayan trabajado en 2019 y no hayan generado ingresos con retención de IRPF.
  6. Certificado acreditativo de ser perceptor de la Renta Mínima de Inserción, en caso de que proceda o no esté emitido en la Comunidad de Madrid.
  7. Certificado de discapacidad, en caso de que proceda o no esté emitido en la Comunidad de Madrid.

Otra documentación justificativa de situaciones especiales, a aportar, en caso de que proceda:

  • Documentación acreditativa de la situación de monoparentalidad en caso de existir o haber existido matrimonio:
  1. Certificado de defunción, en su caso.
  2. Sentencia judicial de separación legal o divorcio y convenio regulador ratificado ante el juez, donde conste la custodia del solicitante.
  • Documentación acreditativa de la situación de monoparentalidad en caso de no existir o no haber existido matrimonio:
  1. Certificado o volante de empadronamiento colectivo en el que consten todos los residentes del domicilio familiar del solicitante, expedido dentro de los dos meses anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  2. Sentencia de relaciones paterno filiales.
  • Documentación acreditativa de tu situación de emancipación o independencia. (No te consideras emancipado si eres alumno que no cuentas con ingresos propios):
  1. Certificado o volante de empadronamiento colectivo en el que consten todos los residentes del domicilio familiar del solicitante, expedido dentro de los dos meses anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • Documentación acreditativa de otras situaciones especiales:
  1. Documentación acreditativa de la condición de protegido internacional.
  2. Documentación acreditativa de la condición de víctima por violencia de género.
  3. Documentación acreditativa de la condición de víctima del terrorismo.
  4. Documentación acreditativa de la situación de acogimiento familiar.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
  3. Sigue las indicaciones de cumplimentación y de anexado de documentos (si se requieren), así como de presentación electrónica o presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Criterios de baremación:

La valoración de las solicitudes se realizará en función de la renta per cápita de la unidad familiar hasta agotar la totalidad del crédito presupuestario destinado en esta convocatoria. Se seguirá el orden inverso a la magnitud de la renta per cápita hasta agotar los fondos destinados a las becas.

Documentación de interés

Orden de convocatoria
Descargar
194.15 KB
Estudios objeto de las becas
Descargar
185.68 KB
Preguntas más frecuentes en la fase de subsanaciones.
Descargar
528.15 KB
Preguntas frecuentes fase de recurso
Descargar
319.06 KB

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política Educativa
Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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