Descripción

  • Referencia
    90506
  • Descripción

    Becas para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil, a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Calendario de actuaciones

  • 23/12/2020
    Fecha de publicación de lista definitiva de admitidos
  • 03/11/2020
    Fecha de publicación de lista provisional de admitidos

Requisitos

 Alumnos que, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, cumplan los siguientes requisitos:
1. Estar inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con la condición de beneficiario.
2. Ser mayor de 16 años y menor de 30.
3. No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cursos >

Las ayudas tienen por objeto la realización de los siguientes estudios, en modo presencial:

a) Curso de preparación de la prueba para la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, para mayores de 18 años.
b) Curso de formación específico, para el acceso a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio.
c) Curso de Formación Profesional de Grado Medio.
d) Curso de formación específico, para el acceso a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior.
e) Curso de Formación Profesional de Grado Superior.
f) Programas profesionales, dirigidos a la obtención de Certificados de Cualificación Profesional de nivel 1 por alumnos que no tengan título de Educación Secundaria Obligatoria.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”

Presentación de solicitudes

Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.

a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los  Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes"", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.

Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro

Si desea acudir a las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid para realizar las gestiones y trámites de su interés, solicite cita previa

   

Información Complementaria

* Cuantía:
La dotación de las becas, con carácter general, será de 2.800 euros anuales, distribuidos mensualmente según la cantidad que corresponda por cada uno de los meses de duración del curso y dentro del período de septiembre de 2019 a junio de 2020, ambos inclusive. No obstante, en ningún caso la cuantía total de la beca superará el coste del curso subvencionado.

* Criterios de baremación y determinación de la renta per cápita familiar:
Se podrán consultar en el apartado Información relacionadaen el apartado de documentación.

Documentación de interés

Preguntas más frecuentes en la fase de recurso
Descargar
474.98 KB
Preguntas más frecuentes en la fase de subsanación
Descargar
416.62 KB
Preguntas más frecuentes en la fase de convocatoria
Descargar
617.15 KB
Criterios de baremación y determinación de la renta per cápita familiar
Descargar
50.82 KB
Orden de convocatoria
Descargar
1.5 MB
Anexo IV Formulario para los Centros
Descargar
50.57 KB

Tramitación

Calendario de actuaciones

23/12/2020 Resolución de la convocatoria
Orden 3359/2020, de 21 de diciembre (BOCM nº 312, de 23 de diciembre)
Puede consultar los listados en el siguiente enlace

(Ver preguntas frecuentes fase recurso en apartado información relacionada)

* Recurso potestativo de reposición: Del 24 de diciembre de 2020 al 25 de enero de 2021, ambos inclusive .

(Ver modelo de recurso potestativo de reposición, en el apartado Gestión/Tramitar).

03/11/2020 Relación provisional de admitidos y excluidos

Para consultar listados pinche en el siguiente
Enlace

* Reclamaciones: del 4 al 17 de noviembre de 2020, ambos inclusive.

(Ver impreso de subsanación en el apartado Gestión/Impresos).

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política Educativa
Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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