• Pendiente apertura plazo

  • En plazo

    En plazo

  • En tramitación

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    90923
  • Descripción

    Ayudas del Programa de Rehabilitación Energética de Edificios (PREE) en la Comunidad de Madrid, destinadas a mejoras en la envolvente térmica, la sustitución de sistemas de energía convencional por renovables y la instalación de sistemas de iluminación eficiente.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 21/11/2020 Fecha de fin: 31/07/2021

Requisitos

Los destinatarios últimos de las ayudas podrán ser personas físicas o jurídicas propietarias de edificios existentes, comunidades de propietarios, empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, empresas de servicios energéticos, entidades locales y el sector público institucional, además de comunidades de energías renovables o comunidades ciudadanas de energía.

Más información Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid

Documentación a presentar

Para ampliar más información sobre la documentación a presentar, véase en el apartado normativa aplicable en la parte inferior de esta página, las bases reguladoras.

El plazo máximo para la ejecución de las actuaciones será de 18 meses desde la comunicación de la resolución de la concesión.

Presentación de solicitudes

Las solicitudes de ayuda para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes deberán realizarse obligatoriamente de forma telemática, a través de la aplicación informática del Programa PREE habilitada al efecto por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, a través de lo establecido en los diferentes artículos de la convocatoria.

   

Información Complementaria

Actuaciones subvencionables

Serán aquellas que reduzcan el consumo de energía final al menos en un diez por ciento con respecto a su situación de partida, y que mejoren la calificación energética total del edificio al menos en una letra. Las actuaciones deberán realizarse en edificios completos o viviendas unifamiliares ubicados en la Comunidad de Madrid y construidos con anterioridad al año 2007.

Para todas las actuaciones, la ayuda económica de partida es de hasta el 35% del coste elegible, salvo en el caso de mejoras de eficiencia energética en instalaciones de iluminación, en los que la ayuda será del 15%.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General de Promoción Económica e Industrial

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar