Descripción
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Referencia80427
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Descripción
Ayudas para la ejecución de obra civil en nuevas instalaciones, ampliaciones y remodelaciones de los albergues cuya titularidad corresponda a la entidad solicitante y para los bienes de equipamiento de los albergues cuya titularidad corresponda a la entidad solicitante, siempre y cuando estén directamente relacionados con el cuidado de los animales. Así como para el desarrollo de actividades relacionadas con la defensa, protección y cuidado de los animales, en colaboración con los programas que en este ámbito se desarrollen desde la Dirección General de Agricultura y Ganadería.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 04/10/2017 Fecha de fin: 25/10/2017
Destinatarios y/o requisitos
Las Entidades sin Ánimo de Lucro legalmente constituidas cuyo fin principal sea la protección y defensa de los animales, que estén en posesión del título de entidad colaboradora y que en caso de tener albergue, esté inscrita en el Registro de Centros de Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 4/2016, de 22 de febrero, de Protección de Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
Presentación de solicitudes
La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet. (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
Información Complementaria
Criterios de valoración:
Las ayudas a las que se refiere el presente capítulo III se concederán conforme a los siguientes criterios de valoración:
1. Entidades con albergue registrado en la Comunidad de Madrid: 30 puntos.
2. Agrupaciones legalmente constituidas de tres o más entidades de protección: 30 puntos.
3. Pertenencia a la página Adanweb o a la aplicación Mascomad, siempre y cuando la información se mantenga actualizada: 30 puntos.
4. Otras actividades divulgativas y de promoción de la protección animal: Hasta 10 puntos.
Documentación de interés
Normativa
* Extracto de la Orden 2664/2017, de 5 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se convocan para el año 2017 las ayudas destinadas a las entidades sin ánimo de lucro para fomentar la protección de los animales de compañía en la Comunidad de Madrid reguladas en la Orden 1125/2017, de 25 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio (BOCM nº 235, de 3 de octubre)
* Extracto de la Orden 2664/2017, de 5 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se convocan para el año 2017 las ayudas destinadas a las entidades sin ánimo de lucro para fomentar la protección de los animales de compañía en la Comunidad de Madrid reguladas en la Orden 1125/2017, de 25 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio (BOCM nº 235, de 3 de octubre)
* Orden 1125/2017, de 25 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras de determinadas ayudas destinadas a fomentar la protección de los animales de compañía en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 160, de 7 de julio)
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).