Descripción

  • Referencia
    89740
  • Descripción

    Subvenciones destinadas a asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de proyectos de prevención y diagnóstico precoz de VIH/Sida e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), dirigidos a grupos de población de alta prevalencia o especialmente vulnerables a estas infecciones contribuyendo, con ello, a la mejora de la salud y calidad de vida del conjunto de los ciudadanos de la Comunidad de Madrid.

Calendario de actuaciones

Requisitos

1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro y las asociaciones o federaciones de estas entidades, que organicen o tengan en marcha proyectos de actuación en la Comunidad de Madrid, que vayan dirigidos a la prevención del VIH/Sida e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), y que tengan como fines establecidos en sus estatutos el desarrollo de alguna de las actividades objeto de la subvención convocada, y deberán contar con una estructura organizativa y técnica suficiente para garantizar el cumplimiento de su objeto social y del proyecto a subvencionar.
2. Estar legalmente constituidas e inscritas en un Registro de Asociaciones o Fundaciones de ámbito nacional, autonómico o local, al menos durante un periodo de dos años antes de la fecha de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
3. Estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social ante el Estado Español y la Comunidad de Madrid.
4. Presentar un proyecto con las características que se indican en el apartado cuarto de la Orden de Convocatoria. Cada solicitante podrá presentar un único proyecto.
5. Los requisitos de las entidades beneficiarias deberán reunirse a la fecha de fin de presentación de solicitudes y permanecer durante toda la ejecución del objeto de la ayuda y hasta el final de su plazo de justificación. La observancia de estos requisitos deberá llevarse a cabo mediante la presentación de los documentos acreditativos.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.

Presentación de solicitudes

La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet. (ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

   

Información Complementaria

Las acciones objeto de subvención deberán desarrollarse en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 y en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Documentación de interés

Tramitación

Calendario de actuaciones:

24/11/2020 Resolución de la convocatoria
Orden 1502/2020, de 5 de noviembre (BOCM nº 287, de 24 de noviembre).

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Sanidad
Viceconsejería de Sanidad
Dirección General de Salud Pública

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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