Descripción

  • Referencia
    A336
  • Descripción

    Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas en la Comunidad de Madrid, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y resiliencia de España. 

    Con esta ayuda se pretende dinamizar la actividad cultural de organizaciones con ánimo de lucro y sin ánimo de lucro en áreas no urbanas, para extender la oferta cultural en el medio rural. 
    Las finalidades de esta ayuda son la siguientes:

    1. Impulsar la actividad, la creación, las prácticas y los procesos culturales contemporáneos en estrecha vinculación con las comunidades y sus contextos sociales, territoriales y culturales específicos, contribuyendo a la construcción de nuevos relatos, imaginarios, representaciones, estéticas, valores y actitudes para el medio rural en el contexto de los retos que plantea el mundo contemporáneo, así como poner en valor, en diálogo con el presente, el patrimonio, el conocimiento y los saberes tradicionales.
    2. Promover la dinamización, modernización e innovación de los sectores y agentes culturales y creativos que operan en el medio rural, favoreciendo la generación de empleo, la profesionalización y la creación de redes profesionales locales, regionales y nacionales, así como ayudar a la consecución de la igualdad de género en estos sectores.
    3. Promover la inclusión y estimular la participación ciudadana activa en la actividad cultural como instrumento de participación democrática, bienestar, salud y cohesión social y territorial, con especial atención a la incorporación de estrategias de igualdad de género y participación juvenil y a la colaboración con los centros educativos.
    4. Favorecer la diversidad cultural, así como el diálogo y el intercambio rural-urbano.
    5. Impulsar la contribución de la cultura a los Objetivos de desarrollo Sostenible, en particular a aquellos vinculados con la sostenibilidad medioambiental.

    Las ayudas se destinarán a financiar proyectos y actividades culturales que se celebren o se desarrollen en el medio rural,  para el desarrollo sostenible del medio rural, el espacio geográfico formado por la agregación de municipios o entidades locales menores definido por las administraciones competentes que posean una población inferior a 30.000 habitantes y una densidad inferior a los 100 habitantes por Km2. En ausencia de definición, ese espacio quedará delimitado por el término municipal.
    Se dará, en cualquier caso, un tratamiento prioritario a aquellos proyectos y actividades que se desarrollen en municipios o localidades de menos de 5.000 habitantes y estén integrados en medio rural.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Destinatarios

  1. Entidades públicas, incluyendo las agrupaciones de entidades locales, y privadas, con y sin ánimo de lucro, incluyendo las entidades dependientes de entidades locales, autonómicas o estatales.
  2. Profesionales inscritos en el Régimen Especial de trabajadores Autónomos.

Requisitos

  1. Los beneficiarios sólo podrán ser aquellos que tengan residencia fiscal permanente en territorio español. 
  2. Desarrollar su actividad económica en la Comunidad de Madrid. Cuando se trate de entidades locales, deberán tener su ubicación en la Comunidad de Madrid.
  3. Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente registro, en su caso.
  4. Las personas físicas trabajadoras por cuenta propia deberán estar en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
  5. En el caso de personas físicas o jurídicas privadas que desarrollen actividades económicas, deberán estar en situación de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
  6. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de sus obligaciones tributarias, tanto con la Administración estatal como con la Administración autonómica, y frente a la Seguridad Social.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Escritura de constitución de la empresa, en la que conste inscripción definitiva en el registro correspondiente y, en su caso, las actualizaciones oportunas y estatutos sociales de la misma.
  2. En el caso de entidades públicas y privadas, identificación de la persona interviniente, con la acreditación suficiente del cargo y facultades conferidas. Se adjuntará D.N.I. en vigor del administrador, consejero-delegado o persona con poder para firmar la solicitud.
  3. Declaración responsable o documento de constitución de agrupación de entidades locales.
  4. Certificado de situación censal de Actividades Económicas de la entidad solicitante en el que consten los centros de trabajo, que acredite al alta en el epígrafe de la convocatoria, o asimilable por la actividad, con indicación de la exención del pago 82.1c de LRHL, o declaración responsable de que la cifra de negocio ha sido inferior a 1.000.000,00 euros o, en su caso, recibo pagado del ejercicio fiscal en curso.
  5. Documento acreditativo del grado de compromiso entre el solicitante y la entidad prevista para llevar a cabo el proyecto subvencionado.
  6. Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (Anexo I)
  7. Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y de los requisitos necesarios para ser beneficiario de las subvenciones destinadas a ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas. (Anexo II)
  8. Declaración Responsable de ausencia de conflicto de intereses (DACI), incluyendo el compromiso de lucha contra el fraude y de todas las medidas antifraude establecidas en la normativa europea, nacional y autonómica. (Anexo III)
  9. Declaración Responsable de que se ha respetado el llamado principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés, “Do No Significant Harm”) y de las condiciones del etiquetado climático y digital. (Anexo IV)
  10. Declaración responsable de las ayudas percibidas o solicitadas para el mismo proyecto. (Anexo V)
  11. Memoria Técnica del proyecto, con la definición, descripción y desarrollo del proyecto para el que se solicita la subvención. (Anexo VI)
  12. Memoria Económica, con el presupuesto detallado del proyecto, constando los importes sin IVA. (Anexo VII)
  13. Para las Entidades Locales: Documento de Adhesión al Plan medidas Antifraude. (Anexo XI)
  14. Para las Entidades Locales: Declaración Anual de conformidad con Políticas de conflictos de interés. (Anexo XII)
  15. Para las Entidades Locales: Declaración de Ausencia de Conflicto de intereses. (Anexo XIII)
  16. Para las Entidades Locales: Certificación acreditativa del cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas anuales ante la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid. 
  17. Otros.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. DNI/NIE (del solicitante o representante de la entidad).
  2. Tarjeta de identificación Fiscal de la entidad.
  3. Certificado de hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración tributaria.
  2. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

El Certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad de Madrid se solicitará de oficio por el órgano gestor (artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Se financiarán aquellos proyectos y actividades que supongan una contribución relevante y significativa al ecosistema cultural de sus respectivos territorios. En particular, se financiarán las siguientes actuaciones con las ayudas:

  1. Eventos o espectáculos artísticos o culturales, festivales, exposiciones y otras actividades culturales similares dentro de los siguientes ámbitos: artes visuales, cine y artes audiovisuales, teatro, danza, circo, música, literatura y palabra, arquitectura, diseño y artesanía, incluyendo las actividades artísticas multidisciplinares y aquellas que relacionan la cultura y las artes con la ciencia y/o los saberes tradicionales. 
  2. Proyectos que, mediante la participación multiagente -laboratorios de ideas, prototipados de proyectos, iniciativas transdisciplinares o alianzas transectoriales-, favorezcan la experimentación, la investigación y la innovación cultural y tengan una concreción práctica en el territorio. 
  3. Patrimonio inmaterial, en conexión con la cultura y las prácticas contemporáneas. 
  4. Actividades de educación, transferencia y mediación artística y cultural, incluyendo el uso de las nuevas tecnologías.

Para consultas sobre este trámite, disponéis del correo electrónico: subv_f_europeos@madrid.org
 

Tramitación

La concesión de estas ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad.

  1. Recibidas las solicitudes en tiempo y forma, la Dirección General competente en materia de promoción cultural, como órgano instructor, elaborará informe sobre los diversos aspectos de carácter administrativo de las mismas.
  2. De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, la propuesta de concesión se formulará al órgano concedente por un órgano colegiado a través del órgano instructor.
  3. El órgano colegiado formulará la propuesta de resolución provisional a través del órgano instructor, en la que aparecerá una relación con los solicitantes valorados de mayor a menor, con el importe de las ayudas propuestas y las solicitudes desestimadas y su motivación. La citada resolución se publicará en la página web de la Comunidad de Madrid, concediéndose un plazo de 10 días para alegaciones a partir del día siguiente a la publicación. Aquellos que hayan obtenido mayor puntuación, y que sean propuestos para obtener la ayuda, deberán presentar la documentación legal de acreditación de la identidad y del cumplimiento de obligaciones tributarias y de seguridad social, en el caso de no haberlo realizado en la fase de solicitud, para lo cual se les otorgará un plazo de 10 días.
  4. La propuesta definitiva contendrá los solicitantes que hayan obtenido mayor puntuación y hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos previstos en las normas reguladoras, ordenados de mayor a menor puntuación.
  5. Mediante resolución del titular de la Consejería competente en materia de cultura, se acordará tanto el otorgamiento de las subvenciones, como la desestimación y la no concesión, por desistimiento, la renuncia al derecho o la imposibilidad material sobrevenida.
  6. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, salvo que una norma con rango de ley establezca un plazo mayor o así venga previsto en la normativa de la Unión Europea. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior.
  7. Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, se podrá entender desestimada la solicitud.
     

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Seis meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 330/2023, de 15 de marzo , de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
Dirección General de Promoción Cultural

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar