Descripción

  • Referencia
    A78
  • Descripción

    Ayudas para la ejecución de los Programas Nacionales de Erradicación, Vigilancia y Control de las enfermedades animales y la ejecución de un programa zootécnico-sanitario común de acuerdo al Real Decreto 81/2015, de 13 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 29/12/2021 Fecha de fin: 28/01/2022

Requisitos

Para la línea a del artículo 3, actuaciones en el ámbito de los PNEE, podrán solicitar las ayudas previstas en este apartado las ADSG que estén oficialmente reconocidas por la Comunidad de Madrid y que estén inscritas en el registro de Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Encontrarse reconocidas como ADSG antes de la finalización del plazo de presentación de solicitud de ayudas de la convocatoria anual y que concurran todas las condiciones que determinaron su reconocimiento como ADSG según establece el Decreto 2/1998, de 8 de enero, por el que se regulan las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera en la Comunidad de Madrid.
  • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como cumplir el resto de los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Que estén integradas por explotaciones de productores ganaderos en actividad y que las explotaciones, beneficiarias finales de las ayudas, estén registradas en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA), según establece el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo.
  • Realizar todos los controles y actuaciones sanitarias establecidas como obligatorias por la normativa vigente estatal y autonómica en el marco de los Programas Nacionales de Erradicación, antes de la fecha límite de justificación del cumplimiento de las actividades subvencionables establecido en la Orden de convocatoria anual.

Para la línea b del artículo 3, ejecución Programas Zootécnico-Sanitarios, podrán solicitar las ayudas previstas en este apartado las ADSG oficialmente reconocidas por la Comunidad de Madrid, integradas por explotaciones que cumplan los requisitos que se prevén en el presente apartado, y que estén inscritas en el Registro Nacional de Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas. Las explotaciones ganaderas integradas en la ADSG oficialmente reconocida, deberán cumplir, al menos, los siguientes requisitos:

  • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como cumplir el resto de los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Que se trate de explotaciones de productores ganaderos en actividad, y que las explotaciones tengan la condición de PYMES de acuerdo con el Anexo 1 del Reglamento (UE) número 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014.
  • Que la explotación se encuentre inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas.
  • No estar sujetas las explotaciones a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
  • Que no se trate de una empresa en crisis tal y como se definen en el artículo 2 del Reglamento (UE) número 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014, y en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis, de acuerdo con las directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (Comunicación 2014/C 249/01, de la Comisión, de 31 de julio de 2014).

Asimismo, la ADSG solicitante deberá cumplir los requisitos previstos en las letras a), d) y e), y tener la condición de PYME de acuerdo con el Anexo 1 del Reglamento (UE) número 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
  • Documentos que se aportan junto a la solicitud:
  1. Escrituras de constitución o estatutos sociales y nota de inscripción actualizada en el Registro correspondiente en el caso de ADS de nueva creación o en caso de modificación de los mismos.
  2. Certificación del acuerdo válidamente tomado en Junta o Asamblea General, haciendo constar en el mismo:
    1. Las ayudas que solicitan
    2. Representante designado para solicitar la ayuda
  3. Certificación acreditativa de la cuenta bancaria que figura en la solicitud
  4. Relación de ganaderos que constituyen la ADS en el momento de la solicitud y que cumplan la condición de PYMES y de los códigos REGA de explotación indicando el censo de animales por explotación según el modelo del anexo II elaborada por el veterinario Director Técnico de la ADS o por el jefe de los Veterinarios de la ADS designado por el Presidente de la ADS en el caso de que hubiera más de uno, y firmado por el Presidente de la ADS
  5. Para cada una de las Pymes integradas en las ADS, el anexo III con la declaración de cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2 de la presente Orden
  6. Declaración de la ADSG según modelo del anexo IV del cumplimiento de los requisitos enumerados en el artículo 2.3 de la presente Orden
  7. Relación de los veterinarios designados para la ejecución de los programas y compromiso de los veterinarios de ejecutar los mismos
  8. Programa Zootécnico-Sanitario firmado por el Veterinario Director Técnico y el presidente de la ADSG, con cronograma y planificación de las actividades de carácter zootécnico y sanitario que van a ser desarrolladas por la ADSG. En el mismo, se contemplarán como mínimo, las actuaciones recogidas, para las enfermedades establecidas en el Anexo V de la presente Orden
  9. Presupuesto detallado del gasto previsto en cada una de las dos líneas de ayuda contempladas en la presente Orden.
  10. Compromiso de cumplimiento de todos los controles y actuaciones sanitarias establecidas como obligatorias por la normativa vigente estatal en el marco de los programas nacionales de erradicación y planes de control y de vigilancia o por la normativa autonómica en aquellos programas establecidos en el ámbito de la Comunidad Autónoma para la especie animal de que se trate y del cumplimiento de todas las medidas adicionales en materia sanitaria que se dispongan al efecto por los órganos competentes según las condiciones sanitarias de Ia zona y las características particulares de cada Agrupación firmado por el presidente de la ADS y Director Técnico Veterinario.
  11. Último recibo acreditativo del pago del impuesto de Actividades Económicas
  • La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
  1. NIF del interesado
  2. NIF/NIE del representante
  3. Certificado de estar al corriente de pago con la SS (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable)
  • La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
  2. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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