Descripción

  • Referencia
    91789
  • Descripción

    Aplicación del Programa de Apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español sobre las operaciones destinadas a la Reestructuración y Reconversión de Viñedos.

    El apoyo para reestructuración y reconversión de viñedos sólo podrá concederse para una o varias de las actividades siguientes:

    1. Reimplantación de viñedos: Arranque (incluida la recogida de cepas); preparación del suelo; desinfección; despedregado; nivelación del terreno; planta y plantación; protección individual de plantas contra conejos en el momento de la plantación (incluida la colocación) y sistemas de conducción espaldera (incluida colocación)..
    2. Reconversión varietal: Sobreinjertado
    3. Mejora de las técnicas de gestión de viñedos: Cambio de vaso a espaldera.
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 14/04/2021 Fecha de fin: 22/04/2021

Requisitos

  1. Personas físicas o jurídicas cuyos viñedos se destinen a la producción de uva para vinificación que se encuentren ubicados en la Comunidad de Madrid y cuyas operaciones hayan sido aprobados por la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad.
  2. No podrán ser beneficiarios:
    1. Aquellos viticultores que contravengan la normativa vigente en materia de plantaciones de viñedo, para cualquiera de las superficies de viñedo de su explotación.
    2. Aquellos viticultores que hayan renunciado a la ayuda de una operación solicitada en ejercicios anteriores en el marco del PASVE 2019-2023, una vez aprobada, excepto que hayan comunicado su renuncia en el plazo del mes siguiente a la notificación de la resolución de aprobación de la operación de reestructuración y/o reconversión de viñedo.
    3. Aquellos viticultores que no hayan solicitado el pago de una operación, una vez finalizado el plazo establecido para presentar la solicitud de pago dentro del segundo ejercicio financiero posterior al que se solicitó la ayuda, salvo causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales según se recoge en el artículo 2.2 del Reglamento (UE) número 1306/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y en los casos excepcionales establecidos en el artículo 20.
    4. Los que se encuentren incursos en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    5. Aquellos viticultores que no estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social incluidas las de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Acuerdo celebrado entre los viticultores participantes en el proyecto de operaciones (solo para operaciones colectivas) (Anexo IV)
  2. Ficha resumen de la solicitud (Anexo V)
  3. Ficha de cada viticultor con las características de su viñedo, anterior y posterior al proceso de reestructuración y/o reconversión (Anexo VII)
  4. Ficha financiera de cada uno de los viticultores participantes de la solicitud de ayuda (Anexo IX)
  5. Acreditación de la posesión de la tierra por cada uno de los viticultores integrantes de la solicitud.
  6. Aportación de las resoluciones de arranque y/o autorizaciones de replantación, en caso de que el arranque se realice con anterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda.
  7. Documento público o privado, que acredite la potestad del representante legal para actuar en nombre de las personas jurídicas. Escritura, poder judicial, estatutos, Reglamento interno, etc.
  8. Otra documentación

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:

  1. NIF / NIE del solicitante / representante legal
  2. NIF/ NIE del representante legal
  3. Inscripción en el REGEPA

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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