Descripción
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Referencia88687
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Descripción
Subvenciones a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) y empresas intermedias para para el fomento de las inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), al amparo de la Orden 766/2016, de 10 de mayo.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 10/01/2020 Fecha de fin: 06/02/2020
Destinatarios y/o requisitos
Se podrán consultar los beneficiarios y los requisitos de la inversión en el apartado Información relacionada, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
Presentación de solicitudes
Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Información Complementaria
* Cuantía y financiación de las ayudas:
Para el cumplimiento de las actuaciones, se asignarán créditos presupuestarios de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, con cargo a la partida 79000 del Programa de gastos 411A, por un importe de 3.500.000 euros para el año 2020. El crédito asignado se distribuirá por grupos de la siguiente manera:
— Inversiones realizadas por entidades asociativas: 1.155.000 euros.
— Inversiones realizadas por otras empresas no entidades asociativas: 2.345.000 euros.
Estas ayudas serán financiadas por el FEADER, por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y por la Comunidad de Madrid, según lo dispuesto en el PDR-CM 2014-2020.
La cuantía básica de la ayuda será del 20 por 100 del coste de la inversión total subvencionable.
Este porcentaje podrá incrementarse hasta el límite máximo del 40 o 60 por 100 en función del cumplimiento de los criterios y condiciones establecidos en las bases reguladoras.
* Criterios de selección:
Se podrán consultar los criterios de selección en el apartado Información relacionadaen el apartado de documentación
Documentación de interés
Tramitación
Calendario de actuaciones
27/04/2021 | Subvenciones concedidas. Primer trimestre de 2021. Resolución de 12 de abril de 2021 (BOCM nº 99, de 27 de abril). |
26/02/2021 | Subvenciones concedidas. Cuarto trimestre de 2020. Resolución de 11 de febrero de 2021 (BOCM nº 48, de 26 de febrero). |
23/10/2020 | Subvenciones concedidas. Tercer trimestre de 2020. Resolución de 14 de octubre de 2020 (BOCM nº 258, de 23 de octubre). |
Normativa
* Extracto de la Orden 2379/2019, de 27 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se convocan para 2020 las ayudas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) y empresas intermedias para el fomento de las inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), al amparo de la Orden 766/2016, de 10 de mayo (BOCM nº 7, de 9 de enero de 2020).
* Orden 766/2016, de 10 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se regulan las bases de las ayudas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) y empresas intermedias para el fomento de las inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) (BOCM nº 128, de 31 de mayo).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).