Descripción

  • Referencia
    80645
  • Descripción

    Subvenciones para la realización del Programa de Reactivación e Inserción Laboral para personas desempleadas de larga duración con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo. Las subvenciones se destinarán a financiar los gastos salariales de los tutores de inserción y de las personas desempleadas participantes, así como los costes de formación derivados de las acciones de formación en alternancia con la actividad laboral de las personas desempleadas participante.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Requisitos

1. Podrán acogerse a estas ayudas las entidades locales de la Comunidad de Madrid, sus organismos autónomos y entidades con competencia en materia de promoción de empleo, dependiente o asimilada a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales.
2. Las entidades beneficiarias deberán tener capacidad técnica y de gestión para la realización de las acciones de orientación personalizadas aprobadas mediante la puesta a disposición de las dependencias, mobiliario y equipos necesarios que figuran en la solicitud.
3. Las entidades beneficiarias que contraten a personas desempleadas a través de esta medida de política activa de empleo deberán ser competentes para la ejecución de las obras o servicios correspondientes a los puestos de trabajo para los que se solicita la subvención; y tener capacidad técnica y de gestión para la impartición de la formación.
4. La capacidad técnica y de gestión para la impartición de la formación se acreditará mediante la identificación en la solicitud del centro de formación o el personal docente que prevea impartir los contenidos formativos que figuran en la solicitud.
5. En ningún caso podrán ser beneficiarias las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o cuando no acrediten el hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.
6. Las tareas de tutorización/coordinación a que se refiere el apartado 1.a) del artículo 4 se llevarán a cabo por personal contratado específicamente para el proyecto por la entidad beneficiaria de la subvención y que acredite disponer de la formación y la experiencia establecida en el artículo 8.
La Comunidad de Madrid podrá organizar sesiones o acciones formativas dirigidas a este personal para mejorar su especialización en la tutorización y acompañamiento del colectivo al que van a prestar atención, así como su conocimiento de los diferentes programas de empleo, formación y emprendimiento previstos en la Estrategia Madrid por el Empleo.

Destinatarios >

1. Podrán participar en este Programa los demandantes de empleo, inscritos en las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid que sean personas desempleadas de larga duración con especiales dificultades de inserción laboral y pertenecientes al colectivo o colectivos que se especifiquen en la convocatoria.
2. Con el fin de favorecer la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el acceso al empleo, al menos la mitad de las personas desempleadas participantes en este programa serán mujeres, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 18.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.

Presentación de solicitudes

Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.

Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.

Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

   

Información Complementaria

El período subvencionable será el correspondiente a los doce primeros meses de duración de los contratos de trabajo de los desempleados participantes en el programa, y los quince primeros meses de duración de los contratos de trabajo de los tutores de inserción.

Documentación de interés

Anexos Justificación
Descargar
3.47 MB
Anexos Seguimiento y Pago
Descargar
4.2 MB
Instrucción identificación y publicidad Programa de Reactivación e Inserción Laboral
Descargar
81.82 KB

Tramitación

Calendario de actuaciones:

 

 

19/12/2017 Resolución de convocatoria y cartel anunciador
(Ver listados en el apartado Gestión/listados)
21/11/2017 Relación provisional de admitidos y excluidos
(Ver listados en el apartado Gestión/listados)
* Reclamaciones: Hasta el 30 de noviembre de 2017.

 

 

* Finalizada la tramitación de la oferta de empleo de los Tutores/as de Inserción que serán contratados por las entidades beneficiarias de la subvención en el marco del Programa de reactivación e inserción laboral para personas desempleadas de larga duración con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo (Orden de 30 de agosto de 2017 de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda), se publican las listas provisionales de admitidos y excluidos en el proceso selectivo.

De acuerdo a las Instrucciones de elaboración de la lista única de candidatos al puesto de tutor/a de inserción del Director General del Servicio Público de Empleo, se abre un periodo de alegaciones de 7 días hábiles (hasta el 30 de noviembre incluido). Pasado este periodo y tras la valoración de las mismas se publicarán las listas definitivas por el mismo medio.

Las alegaciones se dirigirán mediante escrito a la Subdirección de Orientación e Intermediación Laboral (Vía Lusitana 21 3ª planta). Se presentarán por cualquiera de los medios que recoge el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La Subdirección General de Orientación e Intermediación Laboral, una vez resuelta la convocatoria de subvenciones de la Orden de 13 de octubre, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, procederá a la Constitución de los Grupos de Trabajo Mixto con las entidades beneficiaras de la subvención y emitirá las correspondientes actas del proceso de selección de candidatos/as.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General del Servicio Público de Empleo

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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