Descripción

  • Referencia
    69691
  • Descripción

    Procedimiento de selección de la entidad colaboradora encargada de gestionar las ayudas para la adquisición de vehículos comerciales ligeros eficientes, auxiliares y de servicios.

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 24/02/2015 Fecha de fin: 05/03/2015

Requisitos

1. Podrán participar en el procedimiento de selección de la entidad colaboradora entidad colaboradora las personas jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten los siguientes extremos de solvencia, que deberán mantenerse al menos durante el plazo de vigencia de la subvención:

— Solvencia económica y financiera: Mediante declaración de la entidad financiera que acredite estar al corriente de todos los pagos, así como la permanencia de al menos un año en dicha entidad y un saldo medio en cuenta de, al menos, 5.000 euros.
— Solvencia técnica: Se entenderá acreditada por la experiencia mínima de un año en la gestión de ayudas, lo que se acreditará mediante presentación de certificados de ejecución de la actividad realizada emitidos por la Administración concedente de las ayudas.

No podrán obtener la condición de entidad colaboradora las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

A estos efectos, la entidad colaboradora podrá justificar que no se encuentra incursa en alguna de las causas de prohibición contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, mediante una declaración responsable, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 7 de dicho artículo.

Documentación a presentar

1. Solicitud (Anexo I, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud).
2. Sociedades mercantiles, certificado del Registro Mercantil en el que conste: Denominación, domicilio social, fecha de constitución, número de identificación fiscal y acuerdos sociales, relativos al objeto social y/o al poder de representación de la entidad.
3. Asociaciones, certificado acreditativo de su inscripción en el correspondiente registro de asociaciones.
4. Organismos públicos, se exime de este tipo de acreditaciones al estar su creación sujeta a publicación oficial.
5. Poderes del firmante de la solicitud de participación, debidamente bastanteados por los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, salvo en el caso de los organismos y entes públicos, que bastará con la acreditación de su nombramiento.
6. Declaración responsable de no hallarse incurso en las prohibiciones a que se refieren los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
7. Certificado acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
8. Certificado acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Hacienda autonómica.
9. Documentación acreditativa de la solvencia económica y técnica, conforme a lo dispuesto en el apartado 3.1 del presente artículo.
10. Memoria técnica que recoja los elementos relativos a la organización y funcionamiento de la sociedad como entidad colaboradora, incluyendo específicamente:

I. Relación y currículum vitae del personal que se asignará directamente a
la actividad. Necesariamente deberá designar un coordinador responsable
de la gestión y de la interlocución con la Consejería de Medio Ambiente
y Ordenación del Territorio.
II. Relación de medios materiales generales que se pondrán a disposición
del proyecto, así como la descripción de las instalaciones de atención
al público, ya sean presenciales, telefónicas o telemáticas.
III. Justificación y descripción de los sistemas de información y aplicaciones específicas de los que pueda disponer para la gestión de esta línea de ayudas

Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Presentación de solicitudes

* Obtención de solicitudes:
- En el apartado “Gestión” de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y descargar.
- En los Puntos de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid
- En las Oficinas de Atención al Ciudadano

* Presentación de solicitudes y documentación:
a) Presencial:
En cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

b) Por Internet:
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

En el apartado “Gestión” de esta página, se encuentra la opción “Internet” que le permite incorporar la solicitud y documentos necesarios, que serán enviados, de forma inmediata, a la Unidad Administrativa competente para su tramitación. En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad  de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de “consulta de expedientes, desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a expedientes en estado de tramitación.

   

Información Complementaria

Se podrán consultar los criterios de valoración en el apartado de documentación.

Documentación de interés

Criterios de valoración
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Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Transición Energética y Economía Circular

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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