Descripción
-
Referencia82542
-
Descripción
Ayudas al desarrollo de proyectos dirigidos a población vulnerable de la Comunidad de Madrid, ya sean proyectos de nueva creación o que por su interés y resultados sea necesario que tengan continuidad.
Calendario de actuaciones
-
25/02/2019Fecha de publicación de lista definitiva de admitidos
-
25/02/2019
-
31/07/2018Fecha de publicación de lista provisional de admitidos
-
Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 16/04/2018 Fecha de fin: 27/04/2018
Destinatarios y/o requisitos
Entidades sin fin de lucro que ejecuten proyectos dirigidos a población vulnerable y que desarrollen su actividad en la Comunidad de Madrid.
Requisitos de los proyectos
Los proyectos deberán reunir los siguientes requisitos:
- Deberán contener, como mínimo, los objetivos, actuaciones, participantes, duración y ubicación en los que se van a concretar las acciones subvencionables. En ningún caso podrán contemplar actuaciones generales.
- Las personas destinatarias de estos proyectos deberán ser población vulnerable, ya sea a título individual o por el grupo al que pertenece, y residir en la Comunidad de Madrid.
- Habrán de referirse y encuadrarse solamente en una de las acciones subvencionables del artículo anterior.
- Las actuaciones deberán desarrollarse en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
- La perspectiva de género, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y la innovación social deberán estar presente en los proyectos, de manera transversal en cada una de las fases del mismo: Diagnóstico, objetivos y planificación de actuaciones, ejecución, seguimiento y evaluación.
Los proyectos de mantenimiento de redes tendrán además las siguientes características:
— Aportar un valor añadido a los programas de inclusión sociolaboral y de coordinación que vengan desarrollando individualmente las entidades que formen o participen en la red.
— Potenciar el desarrollo de Proyectos de Innovación Social para la inclusión, que tengan como característica el fomento de iniciativas que aporten nuevas soluciones y cambios significativos y duraderos en la búsqueda de fórmulas para superar la exclusión social.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”
Presentación de solicitudes
La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet. (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
Documentación de interés
Tramitación
Calendario de actuaciones
25/02/2019 | Resolución de la convocatoria Resolución de 31 de diciembre de 2018 (BOCM nº 47, de 25 de febrero de 2019) |
|
31/07/2018 | Relación provisional de subvenciones concedidas y denegadas (Ver listados en el calendario) |
* Reclamaciones: Del 1 al 14 de agosto de 2018. |
Normativa
* Extracto de la Orden 471/2018, de 3 de abril, del Consejero de Políticas Sociales y Familia, por la que se convocan subvenciones a proyectos ejecutados por entidades sin fin de lucro, dirigidos a población vulnerable de la Comunidad de Madrid para el año 2018 (BOCM nº 88, de 13 de abril)
* Orden 1386/2017, de 1 de septiembre, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se corrigen errores materiales de la Orden 1345/2017, de 22 de agosto, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se modifica la Orden 1431/2016, de 2 de septiembre, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos ejecutados por entidades sin fin de lucro, dirigidos a población vulnerable de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 216 de 11 de septiembre)
* Orden 1345/2017, de 22 de agosto, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se modifica la Orden 1431/2016, de 2 de septiembre, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos ejecutados por entidades sin fin de lucro, dirigidos a población vulnerable de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 202, de 25 de agosto)
* Orden 1431/2016, de 2 de septiembre, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos ejecutados por entidades sin fin de lucro, dirigidos a población vulnerable de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 213, de 6 de septiembre)
Órgano Responsable
Te puede interesar
- 12 Mayo 2021
- 20 octubre 2020
- 25 junio 2019
- 19 octubre 2017
- 30 septiembre 2016
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).