Descripción

  • Referencia
    A55
  • Descripción

    Subvenciones para la producción de cortometrajes en 2021. Las películas tendrán obligatoriamente un resultado final de realización en un formato cinematográfico (máster DCP 2K en disco duro), con una duración mínima de cinco minutos y máxima de treinta.

Calendario de actuaciones

Requisitos

  1. Tener la condición de microempresa o de pequeña empresa con capacidad de obrar en el ámbito audiovisual, de acuerdo con lo previsto en el Anexo I sobre la definición de Pyme del Reglamento (UE) 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

  2. Residencia fiscal en la Comunidad de Madrid.

  3. No podrán tener la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.

Documentación a presentar

  • Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  • Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
     
  • Documentos que se aportan junto a la solicitud:
  1. Declaraciones de cumplimiento requisitos previstos en la base cuarta de las bases reguladoras.
  2. Declaraciones de ayudas recibidas/solicitadas para el proyecto cultural.
  3. Certificado de situación censal.
  4. Certificado del ICAA como empresa productora o declaración de su aportación con carácter previo a la adjudicación.
  5. Las empresas, en su caso, pago del último recibo, certificado de exención o declaración responsable de que su cifra de negocios es inferior a 1.000.000 €.
  6. Las empresas: escritura de constitución y estatutos sociales en la que conste la inscripción definitiva en el Registro Mercantil y, en su caso, las actualizaciones oportunas (1) o declaración expresa de su aportación con carácter previo a la adjudicación.
  7. Memoria del proyecto: Portada; Datos de contacto; Sinopsis; Calendario; Biofilmografía director/guionista/productor; Ficha artística y Técnica; Plan de financiación y comercialización.
  8. Guión y acreditación de estar en posesión de los derechos de autor.
  9. Presupuesto total y presupuesto que ejecutará la empresa solicitante.
  10. En su caso, contrato de coproducción
  11. En su caso, documento con la participación de empresas en el proyecto y porcentaje
  • La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
  1. DNI/NIE (del solicitante o representante).
  2. Certificados de hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
  3. NIF (del solicitante).
  • La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
  2. Autorizo la consulta     No autorizo la consulta y aporto el documento.
  3. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Criterios de valoración

Para la valoración de los proyectos y consiguiente elaboración de la propuesta se tendrán en consideración los siguientes ámbitos, previamente baremados:

  • Interés cultural del proyecto presentado, hasta 23 puntos.

Se tendrá en cuenta:

  1. El guión (estructura, perfil de personajes y desarrollo de tramas), hasta 6 puntos.
  2. Memoria del proyecto (aspectos artísticos y técnicos, así como el criterio de puesta en escena), hasta 6 puntos.
  3. Novedad de la propuesta (originalidad y posible repercusión cultural), hasta 6 puntos.
  4. Vinculación del proyecto cultural con la Comunidad de Madrid, hasta 5 puntos.
  • Viabilidad del proyecto, hasta 9 puntos.
  1. Se tendrá en cuenta la adecuación del proyecto a la previsión presupuestaria, hasta 3 puntos.
  2. La adecuación del plan de producción a las características del proyecto, hasta 3 puntos.
  3. Plan de financiación, hasta 3 puntos.
  • Trayectoria profesional, hasta 6 puntos.
  1. Valoración en producción y gestión de la empresa, o de sus componentes, hasta 4 puntos.
  2. Producciones realizadas y de su repercusión en los últimos dos años, hasta 2 puntos (una obra: 1 punto).
  • Formación cinematográfica del director y guionista, hasta 6 puntos.
  • Formación cinematográfica y trayectoria profesional de los equipos técnico y artístico, hasta 6 puntos.
  • Para una mejor apreciación de las circunstancias anteriormente establecidas, podrá recabarse de los solicitantes cuantos datos se consideren precisos. Los interesados contarán, para su cumplimentación, con un plazo de diez días hábiles a partir de la notificación del correspondiente requerimiento.
  • A los interesados que no cumplan con tal requerimiento se les podrá declarar decaídos en su derecho al trámite correspondiente.
  • La concesión de ayudas requerirá la obtención de una puntuación mínima que se establecerá en la correspondiente convocatoria, en cualquier caso no podrá ser inferior a 25 puntos.

Documentación de interés

Resolución designación de la Comisión Evaluadora
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Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
Dirección General de Promoción Cultural

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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