Descripción

  • Referencia
    A44
  • Descripción

    Subvenciones para la realización por las entidades juveniles beneficiarias de proyectos de sensibilización, participación, debate y difusión entre los jóvenes.

Calendario de actuaciones

Requisitos

Beneficiarios

Entidades juveniles que estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid o, en su caso, en el de ámbito estatal, de conformidad con lo dispuesto en la Orden 1359/2020, de 25 de junio.

Requisitos de los solicitantes

Los solicitantes de la subvención deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos, que deberán mantenerse hasta el momento de la justificación de los gastos realizados con cargo al proyecto subvencionado:

  1. Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid o, en su caso, en el de ámbito estatal.
  2. Desarrollar su actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid.
  3. Carecer de ánimo de lucro y disponer de plena capacidad jurídica y de obrar.
  4. Haber desarrollados proyectos dirigidos a la promoción, formación y/o integración de la juventud.
  5. No tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
  6. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, salvo que estuvieran exoneradas de acuerdo con la normativa aplicable.
  7. No encontrarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  8. Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  9. Llevar a cabo el tratamiento de los datos de carácter personal necesarios para la realización de los proyectos para los que se solicita la subvención, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales; en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales, y garantía de los derechos digitales, y en el resto de normativa aplicable al tratamiento de datos personales.

Para acreditar el cumplimiento del requisito previsto en el apartado 1 deberá aportarse documentación de la que pueda inferirse de manera indubitada tal inscripción, no siendo admisible la mera declaración al respecto o la solicitud de inscripción. Los requisitos establecidos en los apartados 2, 3 y 4 se acreditarán mediante aportación de los Estatutos y de la Memoria general de la entidad, ajustada al modelo que se establezca en la convocatoria.

Los requisitos exigidos en los apartados 7, 8 y 9 se acreditarán por medio de declaración responsable del representante legal de la entidad. El requisito previsto en el apartado 5 se comprobará de oficio, así como los recogidos en el apartado 6, salvo que, en este último caso, no se autorice de forma expresa la consulta de los datos correspondientes, en cuyo caso la entidad solicitante deberá aportar los correspondientes certificados positivos.

Requisitos de los proyectos

Se entiende por proyecto aquella acción o conjunto de acciones de carácter concreto que tengan por objetivo sensibilizar, generar debate y participación de jóvenes y por jóvenes. Los proyectos deberán servirse de medios de difusión y repercusión que posibiliten un amplio conocimiento y alcance del mismo y de sus resultados, dando lugar en su caso a la creación y edición de contenido o material divulgativo. Deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Ser promovidos por las entidades mencionadas en el artículo 3 de la presente Orden, y siempre que no se desarrollen en cumplimiento o ejecución de un contrato o convenio previo con una Administración u otra entidad pública o privada.
  2. El proyecto habrá de referirse y encuadrarse en una o varias de las acciones subvencionables el previstas en el artículo 5 de esta Orden. Deberá existir coherencia entre los objetivos del proyecto y los que consten, en su caso, en los estatutos de la entidad.
  3. Las actividades que conforman el proyecto han de desarrollarse en la Comunidad de Madrid.
  4. En el diseño de los contenidos y metodología del proyecto se han de primar las necesidades y peculiaridades de la población a la que va dirigido. Deberá fomentar valores y actitudes solidarias en la comunidad a la que se dirige.
  5. Los proyectos deberán presentarse de forma detallada, con expresa indicación del lugar de realización, cronograma, duración, fecha inicio y finalización, número de participantes previstos, contenido y material divulgativo que vaya a producirse en su caso y forma y medios de difusión del mismo.
  6. Detallará además sus fuentes de financiación o colaboración: Entidades privadas, locales, regionales, nacionales y europeas, sin que puedan tenerse en consideración actuaciones genéricas o ambiguas.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
  • Documentos que se aportan junto a la solicitud:
  1. Memoria del proyecto para el cual se solicita la ayuda, con arreglo al artículo 6 de las bases reguladoras, y que contendrá los méritos alegados que servirán como valoración según el artículo 21 de las citadas bases. (Anexo II).
  2.  Memoria general de la entidad, ajustada al modelo que se establece en el Anexo III.
  3.  Estatutos de la entidad o norma de creación y funcionamiento interno.
  4.  Documentación acreditativa de la inscripción de la entidad en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid o, en su caso, en el de ámbito estatal.
  5.  En su caso, certificado expedido por Consejo de la Juventud de la Comunidad de Madrid de pertenencia de la entidad al mismo como miembro de pleno derecho.
  6.  Declaración responsable del representante legal de la entidad solicitante, de no tener deudas por reintegro de subvenciones, de no encontrarse incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de cumplir con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales, y garantía de los derechos digitales, en el tratamiento de los datos de carácter personal. (Anexo IV).
  7.  Declaración responsable del representante de la entidad solicitante de otras ayudas o subvenciones solicitadas o recibidas para el mismo objeto y finalidad. (Anexo V).
  8.  En caso de que la realización de actividades objeto de la subvención implique contacto habitual con menores, declaración responsable del representante legal de la entidad de que el personal que realice tales actividades no ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, trata o explotación de menores. (Anexo VI).
  9.  En caso de que la entidad cuente con voluntarios que participen en el desarrollo del proyecto para el que se solicita la subvención, se deberá presentar una declaración responsable del representante legal, indicando que estos voluntarios no cuentan con antecedentes penales no cancelados por delitos de violencia doméstica o de género, por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos, o por delitos de tráfico ilegal o inmigración clandestina de personas, o por delitos de terrorismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.5 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado. (Anexo VII).
  10.  Último recibo abonado del Impuesto sobre actividades económicas o, en su caso, documentación acreditativa de la exención de pago de dicho impuesto.
  11.  Declaración responsable en la que conste el compromiso del solicitante de cofinanciar la inversión en la parte no cubierta por la ayuda, así como en su caso, las cuantías que se cofinancien como consecuencia de la concurrencia de otras subvenciones con la misma finalidad. Este último extremo, si se produce con posterioridad a la presentación de la solicitud, se comunicará en el momento en que dicha ayuda sea concedida. (Anexo VIII).
  • La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
  • La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
  2.  Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Juventud

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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