Descripción
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Referencia84104
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Descripción
Procedimiento en el año 2018 para:
— La apertura para participar en el Programa de adopción de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, para el período 2018-2022.
— La apertura para participar en el Programa de mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, para el período 2018-2022.
— La convocatoria de solicitud de pago de la primera anualidad, correspondiente al año 2018, de los beneficiarios admitidos tanto en el Programa para la adopción de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica como en el Programa para el mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, ambos para el período 2018-2022.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 13/08/2018 Fecha de fin: 24/09/2018
Destinatarios y/o requisitos
1. Agricultores activos que sean titulares de explotaciones agrarias situadas en la Comunidad de Madrid, y que se comprometan por un período de cinco años, salvo causa de fuerza mayor, a adoptar o a mantener prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, y a cumplir con los requisitos y compromisos agroambientales exigidos en la operación de adopción o de mantenimiento, según corresponda, de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, indicados en esta Orden de convocatoria.
2. Deberán comprometer una superficie mínima, cuya cuantía varía según el tipo de cultivo. En concreto:
— 5 ha para cultivos herbáceos.
— 2 ha para los cultivos de olivar, viñedo y frutales de secano.
— 1 ha para frutales de hueso o de pepita.
— 0,3 ha para cultivos hortícolas.
— 10 ha de pastos para ganadería ecológica.
3. Serán solicitantes del pago de la primera anualidad los beneficiarios seleccionados en estos programas de ayudas, para el período 2018-2022, para la adopción o el mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, que no hayan sido expulsados del mismo, y que hayan presentado en plazo la “aceptación voluntaria de compromisos”, a la que se refiere el artículo 14.8 de esta Orden.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
Presentación de solicitudes
Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Información Complementaria
* Cuantía:
Se convoca la solicitud de ayuda de participación y la solicitud del pago de la primera anualidad, por el procedimiento de concurrencia competitiva, del Programa de adopción de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, para el período 2018-2022, por importe de 145.000 euros y del Programa de mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, para el período 2018-2022, por importe de 600.000 euros, de la posición presupuestaria G/411A/77306, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2018 y cofinanciados por la Administración General del Estado y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
En caso de que las solicitudes de ayuda de alguno de los programas convocados en esta Orden no agoten el crédito disponible, el crédito restante podrá pasar a incrementar el importe del otro programa si este no fuera suficiente para atender a las solicitudes de ayuda presentadas.
Documentación de interés
Tramitación
Calendario de actuaciones
12/08/2019 | Subvenciones concedidas. Segundo trimestre de 2019. Resolución de 31 de julio de 2019 (BOCM nº 190, de 12 de agosto). |
31/05/2019 |
Subvenciones concedidas en el primer trimestre de 2019 |
28/05/2019 | Subvenciones concedidas. Cuarto trimestre de 2018 Resolución de 20 de mayo de 2019 (BOCM nº 125, de 28 de mayo). |
Normativa
* Extracto de la Orden 651/2018, de 27 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se procede a la apertura y convocatoria de las solicitudes de participación y pago de la 1ª An. del Programa 2018-2022 de Agricultura y Ganadería Ecológica, cofinanciado con FEADER (BOCM nº 190, de 10 de agosto).
* Orden 985/2018, de 27 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se establecen en la Comunidad de Madrid las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la adopción y mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), según el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid para el período 2014-2020 (BOCM nº 130, de 1 de junio).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).