Descripción

  • Referencia
    78016
  • Descripción

    Pruebas para la obtención de los certificados de competencia profe­sional para el ejercicio de la actividad de transportista en las diferentes modalidades de transporte por carretera y de las actividades auxiliares y complementarias del mismo, que tendrán lugar en los meses de mayo y noviembre.

    Se realizan dos convocatorias anuales:

    Convocatorias Plazo de solicitud
    Pruebas mes Mayo Del 17 de marzo al 7 de abril (ambos inclusive)
    Pruebas mes Noviembre Del 28 de agosto al 15 de septiembre (ambos inclusive)
  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Requisitos

1. Tener la residencia habitual en la Comunidad de Madrid antes de la finalización del plazo de  presentación de solicitudes. Solo se admitirá que el domicilio sea distinto al que aparece en el documento nacional de identidad cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
- Que acredite, mediante certificado de empadronamiento, que ha tenido su domicilio en la Comunidad al menos 185 días naturales del último año, contados desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Que acredite, mediante certificado de empadronamiento, que aun habiendo tenido su domicilio en la Comunidad menos de 185 días naturales del último año, contados desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se ha visto obligado por razones familiares o profesionales a cambiar su residencia a la Comunidad de Madrid. Esta última circunstancia no se entenderá cumplida cuando se trate de una estancia temporal en una localidad para la realización de una actividad de duración determinada. La asistencia a una universidad, escuela u otras clases de centros docentes no implica el traslado de la residencia habitual.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”

Presentación de solicitudes

Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.

a) Por Internet (Ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Tenga preparada toda la documentación que vaya a presentar, antes de acceder a gestión.
En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

b) Presencial

Puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

   

Información Complementaria

Las pruebas se ajustarán al programa establecido en el Anexo B de la Orden de 28 de mayo de 1999, del Ministerio de Fomento (BOE de 11 de junio de 1999).

Los ejercicios a desarrollar, su estructura y su forma de calificación serán los establecidos en el capítulo II de la citada Orden. Respecto al tiempo para la realización de cada una de las partes de que consta cada ejercicio, los aspirantes dispondrán de dos horas en cada una de ellas.

Documentación de interés

Calendario actuaciones anteriores convocatorias
Descargar
41.4 KB

Tramitación

Calendario de actuaciones


Pruebas mes de noviembre de 2017
20/12/2017 Relación definitiva de aspirantes declarados aptos y exámenes correspondientes a dichas pruebas.
(Ver listados en el apartado Gestión,)
29/11/2017 Relación provisional de aspirantes declarados aptos
(Ver listados en el apartado Gestión,)
* Plazo para presentar reclamaciones: Del 29 de noviembre al 14 de diciembre de 2017
18/10/2017

Convocatoria de la prueba del mes de Noviembre
Resolución de 9 de octubre de 2017 (BOCM nº 248, de 18 de octubre) 

Fechas y lugar de celebración de las pruebas             
(Ver listados en el apartado Gestión,)             

17/10/2017 Relación definitiva de admitidos y excluidos
(Ver listados en el apartado Gestión,)
28/09/2017 Relación provisional de admitidos y excluidos
(Ver listados en el apartado Gestión,)
* Reclamaciones: Hasta el 13 de octubre de 2017.
12/09/2017 Relación de la composición del tribunal
Resolución de 29 de agosto de 2017 (BOCM nº 217, de 12 de septiembre)
(Ver listados en el apartado Gestión,)

* Se podrá consultar el calendario de actuaciones de las pruebas realizadas en el mes de mayo 2017, en el apartado Información relacionada

Plazos y efectos del silencio administrativo

PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento. Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: Desestimatorio.

RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
Viceconsejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
Dirección General de Transportes y Movilidad

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar