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    En plazo

  • En tramitación

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    79679
  • Descripción

    Procedimiento que permitirá a los alumnos de los estudios de Grado de Magisterio, Pedagogía y Psicología de las Facultades de Ciencias de la Educación y Escuelas Universitarias de Formación del Profesorado su iniciación en la práctica docente directa y en la orientación psicopedagógica, además de conocer los aspectos pedagógicos, organizativos y de funcionamiento de los centros con el apoyo y bajo la tutela de Profesores y Maestros en ejercicio que reúnan las características y preparación adecuadas.

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 01/09/2017 Fecha de fin: 04/10/2017

Requisitos

1. Podrán ser centros de prácticas de los alumnos de Grado de Magisterio todos los centros del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid de Educación Infantil en los que se imparta el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial o alguna de dichas enseñanzas en los términos establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa y aulas hospitalarias.
Los alumnos de Grado de Pedagogía y Psicología realizarán las prácticas en centros de Educación Secundaria que dispongan de Servicios de Orientación, centros de Educación Especial y aulas hospitalarias situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
2. Los centros educativos que deseen ser centros de prácticas deberán obtener la aprobación, previo conocimiento y aceptación del claustro de profesores, del consejo escolar del centro y, en su caso, del titular del mismo para colaborar con el Practicum.
Están exceptuados de su obtención los centros que hayan sido designados centros de prácticas en el curso 2016-2017.
3. Los centros designados de prácticas no podrán exigir a los estudiantes que sean asignados en los mismos la realización de actividades de formación no incluidas en el plan de estudios de su universidad y que exijan contraprestación económica.
4. Los maestros y profesores que deseen ser tutor de prácticas deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Impartir docencia directa en el aula.
b) Contar con, al menos, 3 años de experiencia docente.

Presentación de solicitudes

- Los centros docentes solicitarán su participación en el Practicum para el curso 2017-2018 a través de la aplicación Practicum12 Más información.

- El acceso a la aplicación Practicum12 se realizará mediante una clave. Los centros podrán obtener sus claves de acceso dirigiendo un correo electrónico, en el que harán constar la identificación de su código de centro, a la siguiente dirección: practicum.magisterio.grado@educa.madrid.org.
Los centros que hayan obtenido clave de acceso a Practicum 12 durante el curso 2016-2017 utilizarán la misma clave, salvo que, por distintos motivos, requieran el uso de una nueva.

   

Información Complementaria

Las Universidades que suscribirán convenio para la realización de las prácticas de sus alumnos :

— Universidad de Alcalá, Universidad Alfonso X El Sabio, Universidad Antonio de Nebrija, Universidad Autónoma de Madrid, Universidad Camilo José Cela, Universidad CEU-San Pablo, Universidad Complutense, Universidad de Deusto, Universidad a Distancia de Madrid, Universidad Europea de Madrid, Universidad Francisco de Vitoria, Universidad Internacional Isabel I de Castilla, Universidad Internacional de La Rioja, Universidad Internacional Valenciana, Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, Universidad Nacional de Educación a Distancia, Universidad Pontificia de Comillas, Universidad Pontificia de Salamanca, Universidad Rey Juan Carlos, Universitat Oberta de Catalunya y Universidad de Valladolid.

Si alguna otra Universidad quisiera establecer convenio para la realización de las prácticas tendrá que dirigir solicitud por escrito al Director General de Innovación, Becas y Ayudas a la Educación, hasta el 14 de agosto de 2017.

Procedimiento de asignación de centros de prácticas

Concluido el plazo de presentación de solicitudes se hará público el listado de centros de prácticas provisionales en las Direcciones de Área Territorial y en la página web de la Consejería de Educación e Investigación, www.comunidad.madrid/ , y en el siguiente enlace.

Una vez publicadas las listas provisionales, los centros docentes dispondrán de un plazo
de tres días hábiles para formular las alegaciones y reclamaciones que estimen oportunas
ante la Dirección General de Innovación, Becas y Ayudas a la Educación.
Transcurrido el plazo de alegaciones, se publicarán las listas definitivas en los citados lugares. Una vez publicado el listado definitivo de centros designados como centros de prácticas, las universidades procederán a la asignación de plazas a los estudiantes en prácticas, a través de la aplicación Practicum12. La asignación de las plazas se realizará con los criterios que cada universidad determine, sin que los centros escolares ni los estudiantes puedan establecer dicha asignación, que corresponde exclusivamente a cada universidad.
En la asignación se evitará cualquier circunstancia que pueda comprometer la calidad de las prácticas. Se otorgará prioridad en la asignación y en la adjudicación de plazas de prácticas a los estudiantes con discapacidad, a fin de que estos últimos puedan optar a centros en los que estén aseguradas todas las medidas de accesibilidad universal.
En el momento de la asignación, la aplicación generará, por triplicado, un documento que deberá ser firmado por el alumno y los representantes del centro de prácticas y de la universidad. Conllevará la asunción de los compromisos de aceptación de su contenido por las partes implicadas, la garantía de cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden y servirá como credencial al alumno en el momento de su incorporación al centro de prácticas. Ningún alumno podrá realizar prácticas en un centro sin antes haber presentado esta credencial.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política Educativa
Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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