Descripción

  • Referencia
    87419
  • Descripción

    Selección de una entidad privada sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid para la concesión a su favor de una cesión gratuita de uso de una vivienda para la realización de residencias culturales de cualquier disciplina creativa, cuya finalidad sea la investigación, el desarrollo, la producción, la promoción y/o la difusión de actividades relacionadas con el teatro, la música, la danza, la cinematografía, las artes visuales y/o la moda como disciplina creativa, así como la regulación de las condiciones de cesión.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 13/06/2019 Fecha de fin: 10/07/2019

Requisitos

Entidades culturales privadas sin ánimo de lucro, entendiéndose por tales, aquellas cuyos estatutos establezcan como fines fundacionales el fomento, impulso, desarrollo, protección y/o apoyo de actividades relacionadas con el teatro, la música, la danza, la cinematografía, las artes visuales o la moda como disciplina creativa, o bien entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan reconocida la condición de entidad o establecimiento de carácter social que trabajen con la cultura como herramienta social.

Asimismo, podrán concurrir dichas entidades, a título individual o como agrupación o colectivo sin personalidad, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar inscritos en el Registro autonómico o nacional correspondiente con una antigüedad mínima de dos años con respecto a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Se acreditará con la presentación de los Estatutos con la inscripción correspondiente.
b) Tener reconocida la condición de entidad o establecimiento de carácter social, en su caso.
c) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
d) No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
e) Realizar sus actividades en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
f) En el caso de presentarse como agrupación o colectivo sin personalidad, cada uno de los componentes del mismo deberá cumplir todos los requisitos de la presente convocatoria.

Los requisitos deberán mantenerse hasta la fecha de finalización de la cesión de la vivienda.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”

Presentación de solicitudes

La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet (ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

   

Información Complementaria

Criterios de valoración:

Para la valoración de las solicitudes se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
1. Interés cultural del proyecto, hasta 30 puntos.
— Calidad de la propuesta: Hasta 15 puntos.
— Originalidad del proyecto: Hasta 5 puntos.
— Adaptación al espacio, viabilidad y sostenibilidad del proyecto: Hasta 10 puntos.
2. Experiencia previa, de acuerdo con la trayectoria de la entidad en la realización de actividades culturales, hasta 10 puntos.

Para una mejor valoración de las solicitudes, podrán recabarse de los solicitantes cuantos datos se consideren precisos. Los interesados contarán para su cumplimentación, con un plazo máximo de diez días a partir de la notificación del correspondiente requerimiento. A los interesados que no cumplan con tal requerimiento se les podrá declarar decaídos en su derecho al trámite correspondiente. Igualmente, se podrá contactar con los representantes de las entidades solicitantes para convocarles a una reunión si se considerara necesario.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
Dirección General de Promoción Cultural

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar