Descripción

  • Referencia
    2655583
  • Objetivo

    Convocatoria de inscripción paras las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) para personas mayores de 18 años en la Comunidad de Madrid.

    Inscripción Pruebas

    Primera convocatoria: Del 8 al 21 de enero de 2019, ambos inclusive

    Día 6 de marzo de 2019
    Segunda convocatoria: Del 20 de marzo al 2 de abril de 2019, ambos inclusive Día 23 de mayo de 2019

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 20/03/2019 Fecha de fin: 02/04/2019

Requisitos

1. Podrán participar en estas pruebas las personas mayores de dieciocho años, o que los cumplan en el año natural en el que se celebren las mismasl, y no estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria ni estén matriculadas en Educación Secundaria Obligatoria, ni en las enseñanzas de Educación Básica para Personas Adultas en el momento de realización de las mismas.
2. El incumplimiento de estos requisitos conllevará la anulación de la inscripción en la correspondiente convocatoria y de los resultados académicos en ella obtenidos.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.

Listado de centros >

Los centros en los que se podrán realizar las pruebas (Anexo I), se pueden consultar en el campo de Información relacionada (Botón de Tramitar al principio de esta ficha).

Presentación de solicitudes

Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir

a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.

Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

   

Información Complementaria

Se podrá consultar el Listado de Centros (Anexo I) en el apartado Información relacionadaen el apartado de documentación.

Documentación de interés

Listado de Centros (Anexo I)
Descargar
138.54 KB

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política Educativa
Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar