Descripción

  • Referencia
    3877311
  • Objetivo

    Convocatoria para la celebración de pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional de grado medio y grado superior, en el curso académico 2020-2021.
     

    Ampliado el plazo para la presentación de inscripción en las Secretarías de los centros (MODALIDAD PRESENCIAL) hasta el 29 de enero

    Lugares y fechas de realización de las pruebas

    1. Las personas inscritas se examinarán en los institutos en los que realizaron la inscripción, salvo en los casos descritos en el artículo 13.2 de la Resolución de 19 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan, en el curso 2020-2021, las pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional.

    No obstante, en atención a la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, y con el fin de minimizar riesgos y disponer de las máximas garantías de seguridad, se podrán ampliar, si fuera necesario, el número de centros educativos donde se realizarán las pruebas, designando centros colaboradores para la realización de las mismas.

    2. La prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio y a ciclos formativos de grado superior se realizará los días 12 y 13 de mayo de 2021.

     

  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 11/01/2021 Fecha de fin: 29/01/2021

Requisitos

Se podrán consultar los requisitos para la inscripción, consultando el artículo 3 de la resolución de convocatoria que se encuentra en el apartado “Información relacionada” (Resolución de 19 de noviembre de 2020), pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha.

Documentación a presentar

1. Solicitud de inscripción (anexo I para ciclos formativos de grado medio y anexo II para ciclos formativos de grado superior). .
2. Original y copia, para su cotejo, del documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente que acredite el cumplimiento del requisito de edad, en caso de oponerse de forma expresa a su consulta.
3. Original y copia, para su cotejo, de la certificación oficial de la prueba de acceso a los ciclos formativos correspondientes, si se desea elevar la calificación final obtenida en pruebas anteriores.
4. Original y copia, para su cotejo, de la documentación pertinente en cada caso, que justifique la petición de adaptación de la prueba por presentar algún tipo de discapacidad o necesidad educativa específica, en caso de oponerse de forma expresa a su consulta o cuando dicha consulta no sea posible.
5. Original y copia, para su cotejo, de la certificación oficial de la prueba realizada en la Comunidad de Madrid, en el año 2009 o posteriores, si se desea el reconocimiento de alguna parte de la prueba, por tenerla superada o exenta.
6. Original y copia, para su cotejo, de la documentación pertinente en cada caso que justifique su petición, si se solicita exención de la parte “Científico-técnica” en la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio o exención de la parte específica en la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior.
7. Quienes se inscriban en la prueba de acceso a ciclos formativos de formación profesional de grado superior, ejemplar del modelo 030 acreditativo del abono de los precios públicos establecidos para la inscripción y, en su caso, original y copia, para su cotejo, de los documentos que acrediten exención o bonificación del pago del precio público, en caso de oponerse de forma expresa a su consulta o cuando dicha consulta no sea posible.

La documentación requerida en el procedimiento puede adjuntarse a la solicitud en el momento de su presentación y envío, en caso de oponerse de forma expresa a la consulta de los datos contenidos en dicha documentación o, excepcionalmente, no fuera posible recabar la misma electrónicamente a través de las redes corporativas o de consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Calendario de Pruebas >
 

Períodos de inscripción para la prueba Fechas de realización de las pruebas
Grado medio entre los días 11 y 22 de enero  de 2021, ambos inclusive. Ampliado el plazo para la presentación de inscripción en las Secretarías de los centros (MODALIDAD PRESENCIAL) hasta el 29 de enero La prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio y de grado superior se realizarán los días 12 y 13 de mayo de 2021.
Grado superior entre los días 11 y 22 de enero de 2021. Ampliado el plazo para la presentación de inscripción en las Secretarías de los centros (MODALIDAD PRESENCIAL) hasta el 29 de enero

Presentación de solicitudes

Pulsando el botón Tramitar, pulsando el botón Tramitar al principio de esta ficha, se encuentran:

- El formulario de solicitud y los impresos requeridos que deberá cumplimentar para su presentación de forma electrónica (Internet) o de forma presencial (Impresos). Asimismo, se incluyen en este apartado los anexos de consulta necesarios para la correcta cumplimentación de la solicitud.

- El modelo 030 acreditativo del abono de los precios públicos establecidos para la inscripción (“Tasas-Acceso”).

1. Presentación de forma presencial:

a) En el centro examinador.

b) En cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. En esto casos, se debe indicar como destinatario la Dirección de Área Territorial correspondiente al centro educativo.

c) En las oficinas de Correos: en este caso, la solicitud deberá llevarse en sobre abierto para que la misma sea fechada y sellada antes de que se proceda a su certificación. La solicitud se remitirá al centro educativo donde se celebren las pruebas en las que se inscribe.

2. Tramitación electrónica:

En el Registro electrónico de la Consejería de Educación y Juventud o en cualquier registro de los previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
Igualmente, podrán aportarse documentos durante la tramitación del expediente a través del portal www.comunidad.madrid, “Administración Electrónica”, “Aportación de Documentos”.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “TRAMITAR", acceda al registro electrónico y siga las indicaciones.

Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de “consulta de expedientes”, desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

 

   

Documentación de interés

Instrucciones complementarias
Descargar
623.1 KB
Requisitos
Descargar
71.27 KB
Relación de institutos en los que se efectuará la inscripción (Grado Superior)
Descargar
218.27 KB
Relación de institutos en los que se efectuará la inscripción (Grado Medio)
Descargar
132.16 KB
Texto consolidado
Descargar
622.04 KB

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política Educativa
Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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