Descripción

  • BOCM de la convocatoria
    BOCM Nº 107 de 6 de mayo de 2021
  • Referencia
    4070103

Calendario de actuaciones

Requisitos

1. Ostentar la condición de personal laboral fijo de la Comunidad de Madrid incluido en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo, con excepción del personal de las empresas públicas.
2. Encontrarse en activo, en excedencia por cuidado de hijos, por cuidado de familiares, por razón de violencia de género o por motivos particulares.
3. No hallarse cumpliendo una sanción de demérito que comporte la suspensión del derecho a concurrir en convocatorias de provisión de puestos de carrera.
4. Pertenecer a Grupo Profesional I/II.
5. No haber sido condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual.
El requisito se acreditará mediante certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales. Los aspirantes de nacionalidad distinta de la española deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, la certificación negativa de condenas penales expedida por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales. Si el citado certificado no se encontrara redactado en lengua castellana, deberá acompañarse de su traducción oficial o jurada (realizada por traductor jurado o validada por el consulado u oficina diplomática correspondiente). Este requisito deberá mantenerse durante la prestación de los servicios, quedando obligado el trabajador a comunicar aquellas Sentencias firmes en las que fuera condenado por los delitos a los que hace referencia el artículo 13.5 de la citada Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero.
Los requisitos deberán cumplirse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso de cobertura.
De conformidad con lo previsto en el número 3 de la disposición transitoria octava del Convenio Colectivo para personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid 2018-2020, el personal laboral fijo que ocupe un puesto funcional con carácter provisional en el momento de su conversión en un puesto de carrera conservará el derecho a concurrir a la correspondiente convocatoria de provisión definitiva aun cuando, como consecuencia de esa modificación, dejara de cumplir las condiciones precisas para la ocupación del puesto transformado. Este derecho se podrá ejercitar por una sola vez, y únicamente respecto de dicho puesto. 

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Ver Anexo I en el apartado Información relacionada, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten".

Presentación de solicitudes

Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.

Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, (Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar).

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones.

Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.

Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

Si desea acudir a las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid para realizar las gestiones y trámites de su interés, solicite cita previa.

   

Documentación de interés

Puesto convocado (Anexo I)
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Normativa

Órgano responsable

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Organismo Autónomo Agencia Madrileña de Atención Social

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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