Descripción

  • BOCM de la convocatoria
    BOCM Nº 165 de 9 de julio de 2020
  • Referencia
    3680104
  • Plazas convocadas

    1.
    - Vocal del Tribunal Administrativo de Contratación Pública. Nivel 30. Grupo: A.
    (nº puesto de trabajo 66374) Órgano Colegiado Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.

  • Sistema de selección

    Concurso de méritos

Requisitos

1. Podrán participar en este procedimiento los funcionarios que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en servicio activo o quieran reingresar a dicha situación. Podrán, asimismo, participar los funcionarios que, en la misma fecha, se encuentren en situación de servicios especiales.
2. Los funcionarios en situación de servicio activo podrán participar si, en la fecha de entrada en vigor de esta convocatoria, han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido (excepciones a consultar en la propia orden de convocatoria, en Normativa aplicable).
3. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que desean reingresar al servicio activo.
4. Los funcionarios procedentes de la situación de suspenso deberán haber cumplido el período de suspensión.

* Méritos
:

- Antigüedad en el desempeño de funciones relacionadas con la contratación pública. 0,16 puntos por cada año completo y en caso de tiempo inferior la parte proporcional: 3,20 puntos.
- Experiencia en la participación en mesas de contratación u órganos similares hasta: 2,40 puntos.
2.1 Miembro de mesas de contratación durante al menos tres años: 0,8 puntos.
2.2 Experiencia en redacción de propuestas de resolución de recursos administrativos en materia contractual durante al menos tres años: 1,6 puntos
3 Experiencia en la redacción de pliegos de contratación pública o en la emisión de informes sobre los mismos: 0,80 puntos.
4 Titulación académica relacionada con la contratación pública, hasta: 0,80 puntos.
4.1 Titulación de doctorado sobre contratación pública o derecho de la Unión Europea, diplomatura o máster reconocido en materia de contratación pública, o de Derecho de la Unión Europea: 0,32 puntos.
4.2 Impartición de cursos en centros públicos (INAP, IMAP, ICAM, CGPJ, universidades o sus centros de estudios e investigación) directamente relacionados con la contratación pública: 0,08 puntos por curso hasta un máximo de 0,32 puntos.
4.3 Asistencia o impartición de otros cursos de formación especializada en materia de contratación pública: 0,08 puntos por cada uno hasta un total de 0,16 puntos.
5 Publicaciones relacionadas con la contratación pública, hasta: 0,80 puntos.
5.1 Monografías y participaciones en obras colectivas. 0,08 puntos por publicación hasta un total de 0,4 puntos.
5.2 Artículos en revistas o páginas web de difusión general especializadas en contratación pública: 0,08 puntos hasta un total de 0,4 puntos.

Documentación a presentar

1. Solicitud, (Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la solicitud).
2. En el caso de que los interesados hayan desempeñado puestos de trabajo con carácter definitivo en otras Administraciones Públicas en los cinco años inmediatamente anteriores a la entrada en vigor de la convocatoria, certificado emitido por el Registro de Personal de la Administración correspondiente.
3. Documentación, original o copia cotejada, acreditativa de los méritos, preferentes y no preferentes, que se aleguen.
4. Certificado de Registro de Personal, que en el caso de los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación de puestos de trabajo en la Comunidad de Madrid, reservados a personal funcionario de carrera no docente, el interesado no tendrá ni que solicitarlo ni que aportarlo (consultar Certificado de Registro de Personal).
5. En caso de que se soliciten plazas que se encuentren afectadas por el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, recogidas en Anexo, los interesados deberán aportar, junto con la solicitud, autorización firmada para que la Administración de la Comunidad de Madrid realice los trámites necesarios conducentes a la obtención de la certificación acreditativa de la inexistencia de antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales a que hace referencia dicho artículo, de acuerdo con el modelo disponible al efecto en el apartado de tramitación (Botón de Tramitar al principio de esta ficha).

** La no aportación de dicha autorización supondrá la exclusión del interesado en relación con los referidos puestos, salvo que adjunte a su solicitud certificación negativa emitida por el citado Registro en el plazo de presentación de instancias.

Presentación de solicitudes

* Recogida:

- Ver apartado Gestión.
- Servicio de Personal de cada Consejería.
- Oficinas de Atención al Ciudadano.

* Presentación de solicitudes y documentación:

Las solicitudes podrán presentarse preferentemente en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Consejería de Hacienda y Función Pública (C/ Ramírez del Prado, 5 bis - planta baja) o en cualquier Oficina de Asistencia en Materia de Registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única, en Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

Si desea acudir a las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid para realizar las gestiones y trámites de su interés, solicite cita previa.

   

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (con independencia funcional)

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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