Descripción

  • Referencia
    86625
  • Descripción

    Subvenciones para el año 2019, para las asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, por participar en los Campeonatos de Madrid oficiales, Campeonatos de España oficiales y/o Ligas Nacionales de modalidades oficialmente reconocidas por alguna federación deportiva madrileña o española, todo ello en la temporada 2017/18 o, en su caso, en el año 2018 según el funcionamiento federativo.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Requisitos

Asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Encontrarse inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid con, al menos, un año de antigüedad a la fecha de publicación de la convocatoria.
b) En el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid deberá constar, además, que la asociación deportiva ha comunicado la composición actual de la Junta Directiva con la documentación y requisitos necesarios para realizar la actuación administrativa previa a la correspondiente actuación de la Junta. En el caso de que la asociación no hubiera efectuado dicha comunicación, podrá hacerlo dentro del plazo previsto en el artículo 4.3 de la presente Orden.
c) Participar en las fases previas o fases de finales de los Campeonatos de Madrid oficiales, Campeonatos de España oficiales y/o Ligas Nacionales de modalidades oficialmente reconocidas que se desarrollen por alguna federación deportiva madrileña o española. Este requisito se acreditará en la forma establecida en el artículo 3.3.b) de la presente Orden.
d) No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable, en la forma prevista en el artículo 3.3. c) de la presente Orden.
e) No haber sido condenado todo el personal (incluido el personal voluntario) dependiente de la asociación deportiva que desarrolle actividades en contacto habitual con menores por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable, en la forma prevista en el artículo 3.3.d) de la presente Orden.
2. Los requisitos de estar inscrito y de la comunicación de la composición actual de la respectiva Junta Directiva recogidos en los apartados a) y b) anteriores se certificarán de oficio por la propia Dirección General de Deportes, a través del Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
3. Los requisitos de mantener la inscripción de la asociación en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid y de participar en alguna de las competiciones federadas del artículo 1 de esta Orden, deberán mantenerse hasta la fecha de la justificación de la subvención.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.

Presentación de solicitudes

La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet. (ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

   

Información Complementaria

Se podrá consultar el Baremo, criterios de valoración y determinación de las cuantías en el apartado de documentación.

Documentación de interés

Baremo, criterios de valoración y determinación de las cuantías
Descargar
152.04 KB
Orden de la convocatoria
Descargar
331.3 KB

Tramitación

 

Calendario de actuaciones:

 

 

09/01/2020 Revocación y reducción de las subvenciones concedidas por Orden 2138/2019, de 27 de noviembre.
Orden 2295/2019, de 19 de diciembre (BOCM nº 7, de 9 de enero de 2020).
29/11/2019 Resolución de la convocatoria
Orden 2138/2019, de 27 de noviembre (BOCM nº 284, de 29 de noviembre)
26/09/2019 Relación definitiva de solicitudes admitidas.
(Ver listados en el calendario)
05/08/2019 Corrección de errores de la relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y relación provisional ampliatoria.
(Ver listados en el calendario)
* Reclamaciones: Del 6 al 20 de agosto de 2019.
15/07/2019 Relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas
(Ver listados en el calendario)
* Reclamaciones: Del 16 al 29 de julio de 2019.

 

 

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
Dirección General de Deportes

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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